Publicado el 3 dic de 2024Fechado el 18 nov de 202419 páginasEn el mensaje «INFORMES DE EVALUACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA; ACTAS DE APROBACIÓN DE INFORMES.»
El informe definitivo de evaluación técnica, fechado el 19 de noviembre de 2024, recomienda habilitar cuatro de los doce oferentes para la apertura de sus ofertas económicas y descalificar a los otros ocho. Durante la debida diligencia, los peritos registraron incumplimientos técnicos expresos para FECADESJ y Sendero Alto, aunque ambos aparecen habilitados en el resultado final; el expediente indica que ambos recibieron adjudicaciones posteriormente, y que Sendero Alto renunció a la suya.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La inspección marca «NO CUMPLE» el requisito de que las plantas estén libres de plagas y enfermedades y consigna problemas fitosanitarios en el 50% de las plantas, pero el informe recomienda habilitar a FECADESJ. Según el acta de adjudicación incluida en el expediente, luego recibió una adjudicación de 50,000 plantas; corresponde revisar cómo se concilió ese incumplimiento con la habilitación y la adjudicación.
“6) Libre de plagas y enfermedades. | NO CUMPLE | El 50% de las plantas con altos problemas fitosanitarios … Con base en el cuadro anterior, procedemos a recomendar la habilitación de los siguientes oferentes para la apertura de sus”
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
Reglamento 416-23, artículo 124 — Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 124. Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de subsanación y analizadas las ofertas técnicas, emitirán el correspondiente informe definitivo de evaluación que debe contener todo lo justificativo de su actuación y utilizar los mismos criterios determinados en el pliego de condiciones. Este informe será remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativa y Financiera, según el tipo de procedimiento, para su revisión y aprobación. Párrafo. La decisión será el resultado de la mayoría simple para los criterios de cumple/no cumple y el promedio de las…
El informe marca como «NO CUMPLE» la procedencia verificable de las semillas certificadas, pero recomienda habilitar a Sendero Alto. Según las actas posteriores del expediente, fue adjudicado inicialmente por RD$570,000 y luego renunció; debe verificarse cómo se conciliaron el incumplimiento técnico, la habilitación y esa adjudicación.
“NO CUMPLE | La certificación provista no es de una empresa reconocida como importadora de semillas certificadas de café, ni indica la variedad suplida … Con base en el cuadro anterior, procedemos a recomendar la habilitación de los”
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
Oferentes que registra (12)
8 descalificado · 4 habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Servicios Tecnológicos Agrícolas del Sur, SRL (SERTECAR)El informe lo califica como cumplidor de los requisitos legales, financieros y técnicos y recomienda habilitarlo para la apertura económica.
Habilitado
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Federación de Caficultores y Agricultores para el Desarrollo de San Juan, INC (FECADESJ)El informe la califica como cumplidora y recomienda habilitarla, aunque la inspección registra que el 50% de las plantas tenía problemas fitosanitarios y marca como incumplido el requisito de estar libre de plagas y enfermedades.
Habilitado
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Gabriel Tobías Pereyra RamírezNo presentó la ficha técnica del producto, indicada como no subsanable; el resultado final también refleja incumplimiento financiero y técnico.
Descalificado
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Nixon Rafael Alcántara CéspedesNo presentó la ficha técnica del producto, indicada como no subsanable; el resultado final refleja incumplimiento financiero.
Descalificado
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Nelia María Ramírez RamírezNo presentó la ficha técnica del producto, indicada como no subsanable; el resultado final refleja incumplimiento financiero.
Descalificado
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Hermanos Caraballo Ramírez, SRLNo presentó la ficha técnica, la certificación de adquisición de semillas ni el formulario de experiencia del contratista; el resultado final refleja incumplimiento financiero y técnico.
Descalificado
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Tulipán Rojo, SRLEl informe señala ausencia de ficha técnica, certificación de semillas, formulario de experiencia y documentos de camiones; el resultado final refleja incumplimiento legal y técnico.
Descalificado
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MPowerment Servicios Técnicos Empresariales, SRLNo presentó la certificación de adquisición de semillas certificadas, indicada como no subsanable; el resultado final refleja incumplimiento legal y financiero.
Descalificado
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Sendero Alto, SRLEl informe recomienda habilitarlo tras la subsanación legal y financiera; sin embargo, la inspección marca como incumplida la acreditación de procedencia de las semillas certificadas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 124 — Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 124. Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de subsanación y analizadas las ofertas técnicas, emitirán el correspondiente informe definitivo de evaluación que debe contener todo lo justificativo de su actuación y utilizar los mismos criterios determinados en el pliego de condiciones. Este informe será remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativa y Financiera, según el tipo de procedimiento, para su revisión y aprobación. Párrafo. La decisión será el resultado de la mayoría simple para los criterios de cumple/no cumple y el promedio de las…
Polasky Morel RamírezNo presentó, entre otros documentos no subsanables, la ficha técnica, la certificación de semillas ni la acreditación de propiedad o arrendamiento del vivero; el resultado final refleja incumplimiento legal, financiero y técnico.
Descalificado
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Julio Alberto Feliz MatosLa ficha técnica no detalló las características del producto; faltaron el paquete tecnológico y las coordenadas del vivero, indicados como no subsanables.
Descalificado
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Domber Corporation, SRLEl informe indica que subsanó los estatutos sociales y los anexos del IR2 de 2023, y lo califica como cumplidor de los requisitos legales, financieros y técnicos.