El 17 de octubre de 2024, el director ejecutivo de la UTEPDA instruyó tramitar la adquisición de plantas de café a partir de una solicitud del Ministerio de Agricultura por 1,400,000 plantas, motivada por retrasos de proveedores contratados. El anexo informa que, al 30 de septiembre de 2024, quedaban 1,531,754 plantas pendientes de entrega bajo la licitación UTEPDA-LPN-2023-0001.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud y la comunicación anexa describen las 1,400,000 plantas para el PDA Barahona, mientras que la ficha del portal identifica el proceso para Barahona, Los Fríos y Sabaneta. Conviene verificar cómo se autorizó y sustentó la distribución ampliada a esos otros proyectos.
“solicitarle remitir a la Dirección Ejecutiva de la Unidad Técnica Ejecutora de Proyectos de Desarrollo Agroforestal (UTEPDA), el inicio de un procedimiento de contratación para la adquisición de urgencia de 1,400,000 (Un millón cuatrocienta”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
El anexo registra 1,531,754 plantas pendientes de entrega de contratos anteriores y, a la vez, solicita comprar 1,400,000 más por retrasos de proveedores. Aunque esos atrasos explican la necesidad de respuesta, corresponde verificar la conciliación de las cantidades pendientes con la nueva demanda para descartar solapamientos.
“esto con la finalidad de poder cumplir las metas establecidas ante los retrasos en el cumplimiento de los contratos de suministro de plantas de café en que han incurrido varios proveedores contratados. … 6,168,246 | 1,531,754 | 80%”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona