El Acta A.A. No. 2024-0031, de fecha 2024-12-03, aprueba la evaluación económica y adjudica a D.S. Servicios Múltiples, S.R.L. el suministro e instalación de los equipos por RD$4,678,197.24. Registra tres ofertas económicas abiertas: la de Equimax, S.A., por RD$4,559,462.13, fue considerada no conforme; Energía Quisqueya, S.A.S. ofertó RD$5,084,775.00. El acta cita una comunicación presupuestaria que refiere a una proyección y a acciones futuras para proveer los fondos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra que Equimax ofertó RD$4,559,462.13 y que no cumplió los requisitos; adjudicó a D.S. Servicios Múltiples por RD$4,678,197.24, una diferencia de RD$118,735.11. El acta no precisa el motivo concreto de la exclusión, aunque el informe económico del expediente atribuye el incumplimiento al formato de la cotización requerido como no subsanable; conviene verificar la aplicación de ese requisito y su efecto en la competencia.
“Equimax, S.A. RDS4,559,462.13 … Empresa que no cumple con los requisitos: - EQUIMAX, S.A”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
El acta describe el documento presupuestario como basado en una proyección y señala que se tomarán acciones para proveer fondos, no que consigne expresamente saldo disponible suficiente. Dado que el reglamento requiere certificación de apropiación presupuestaria con saldo suficiente antes de iniciar o convocar, procede verificar el documento presupuestario y la disponibilidad que respaldó el proceso.
“La apropiación de fondos de fecha veintinueve (29) del mes de octubre del año dos mil veinticuatro (2024), emitida por el Ministerio de Hacienda, dirigida a la Unidad Operativa de Compras y Contrataciones, donde informa que, en base a la pr”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
D.S. Servicios Múltiples, S.R.L.El acta consigna que cumplió los requisitos técnicos y económicos y que su oferta fue la de menor precio entre las que cumplieron.
Adjudicado
Único
RD$4,678,197
Equimax, S.A.El informe evaluado por el comité la identifica como empresa que no cumple los requisitos; el acta no precisa el motivo concreto.
Descalificado
Único
RD$4,559,462
Energía Quisqueya, S.A.S.Habilitada para la apertura económica e incluida entre las empresas que cumplieron; quedó en segundo lugar según el informe citado.
Habilitado
Único
RD$5,084,775
Refriasu Logistic and Construtions S.R.L.Participó en la recepción de ofertas, pero no figura entre los oferentes habilitados para la apertura de las ofertas económicas.
No habilitado
Único
—
DMA Energy Solutions, S.R.L.Participó en la recepción de ofertas, pero no figura entre los oferentes habilitados para la apertura de las ofertas económicas.
No habilitado
Único
—
Lora, Guerrero & Asociados, S.R.L.Participó en la recepción de ofertas, pero no figura entre los oferentes habilitados para la apertura de las ofertas económicas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona