La Enmienda núm. 02-2024, aprobada el 21 de noviembre de 2024, modifica requisitos del pliego y actualiza los términos de referencia de la licitación EDESUR-CCC-LPN-2024-0016. Entre otros cambios, permite completar después de la adjudicación la dotación de vigilantes faltante, fija la vigencia de las ofertas y de la garantía de seriedad hasta el 30 de enero de 2025 y dispone la publicación de la enmienda en los portales institucionales y de contratación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se difiere hasta después de adjudicar la comprobación de que el oferente dispone de la dotación completa de vigilantes..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda fija la vigencia de las ofertas y de la garantía de seriedad hasta el 30 de enero de 2025. Según el resumen del Acta 028-2025 del expediente, la adjudicación fue ratificada el 11 de febrero de 2025; conviene verificar si hubo una prórroga expresa de la vigencia y de la garantía antes de adjudicar.
“Las Ofertas presentadas por los Oferentes deben estar vigentes d e 2024 hasta el 30 de enero d e 2025”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 22 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 22
ART. 22. La propuesta tendrá validez durante el periodo que se señale en el pliego de condiciones; no obstante, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la entidad podrá solicitar una prórroga de duración determinada. El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el proceso. Para que la oferta se estime prorrogada se requiere que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, determinándose que quien no entregue la garantía prorrogada no será considerado en el proceso.
Oferta técnica, puntos 5 y 6; Términos de ReferenciaRelación y disponibilidad del personal propuesto
Se requería presentar la relación del personal propuesto y los documentos indicados para verificarlo.
Si al presentar la oferta no se cuenta con todos los vigilantes requeridos, se admite una declaración jurada y se permite completar la dotación en un plazo de hasta 30 días desde la notificación de adjudicación; la documentación se considera subsanable.
RelajaQuita un control: Se difiere hasta después de adjudicar la comprobación de que el oferente dispone de la dotación completa de vigilantes.
Oferta técnica, punto 10Verificación física de equipos e infraestructura
El documento identifica este punto entre los requisitos del pliego que se enmiendan; no reproduce aquí su texto previo.
Se incorpora una carta de no objeción para que la comisión pericial visite y verifique que los equipos e infraestructura declarados estén disponibles físicamente y coincidan con el formulario presentado.
Endurece
Oferta económica, numeral 12 y evaluación económica, numeral 13.2Presentación del análisis de costos
El acta no transcribe el requisito previo que se sustituye.
Se requiere un original impreso firmado y sellado en todas sus páginas, una copia impresa firmada y sellada en la primera página y una copia digital en Excel; el requisito se declara no subsanable.
Endurece
Sección III, numeral 12, «Subcontratación»Eliminación del numeral del pliego
El pliego contenía un numeral 12 sobre subcontratación; su contenido no se reproduce en el acta.
Se anula el numeral. Los Términos de Referencia adjuntos mantienen la prohibición de subcontratar empresas para prestar el servicio.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona