El pliego del proceso EDESUR-CCC-LPN-2024-0016 establece una Licitación Pública Nacional para contratar servicios de seguridad y vigilancia privada durante 12 meses desde el 1 de marzo de 2025, con valor referencial de RD$311,489,527.68, ITBIS incluido, distribuido en cuatro lotes. El cronograma incluido fija la recepción de ofertas para el 5 de diciembre de 2024 y define requisitos técnicos, financieros y económicos, así como la adjudicación por menor precio entre ofertas habilitadas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego permite ofertar sin disponer de todo el armamento y acreditar el compromiso de adquirirlo dentro de los 30 días posteriores a la adjudicación. Esto posterga la comprobación de un recurso material relevante para ejecutar el servicio y amerita verificar cómo se controló antes del inicio de la prestación.
“Si al momento de presentar su Oferta, el Oferente no dispone de la totalidad del armamento requerido en el Anexo 1, para el/los Lote(s) ofertado(s), deberá presentar una Declaración Jurada, firmada y sellada por el Representante Legal del O”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
El pliego dispone rechazar las ofertas cuyo valor total sea inferior en 15 % al presupuesto base del lote. El artículo 130 del Reglamento exige solicitar primero explicaciones al oferente y que los peritos analicen la información antes de decidir si la oferta es no sustentable; la regla automática merece revisión.
“En el marco de los estudios previos realizados para la contratación objeto de esta convocatoria, incluidos estudios de precio, no se considerarán para adjudicación y, por tanto, serán rechazadas, aquellas Ofertas Económicas, cuyo valor tota”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
Aunque el pliego califica la certificación MIPYME como subsanable, exige integrarla al RPE antes de presentar la oferta y señala que la plataforma no permite participar y subsanar después. La condición puede limitar el acceso oportuno a la participación o a los beneficios asociados a esa condición; conviene verificar su aplicación en este proceso, que no estaba reservado a MIPYMES.
“Para las MIPYMES, previo a la presentación de sus Ofertas, deberán integrar a su RPE la certificación vigente emitida por el MICM que les califica como micro, pequeña y mediana empresa, a fin de que, les sea permitido mostrar interés y part”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 16 · Reglamento 416-23, art. 155 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 16 — De la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado
Artículo 16. De la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado. Las personas físicas o jurídicas interesadas en hacer ofertas de bienes, servicios, y ejecución de obras, deberán estar inscritas en el correspondiente registro o, conjuntamente con la entrega de su oferta, presentarán copia de la solicitud de inscripción, la cual deberá formalizarse durante el período de subsanación de las ofertas técnicas. Párrafo I. Podrán inscribirse en el Registro de Proveedores del Estado, personas físicas y jurídicas nacionales o extranjeras, consorcios conformados por personas físicas o jurídicas nacionales o extranjeras, asociaciones sin fines de lucro y cooperativas, así como otras personas…
Reglamento 416-23, artículo 155 — De la adquisición de bienes y servicios a MIPYMES
Artículo 155. De la adquisición de bienes y servicios a MIPYMES. Los entes u órganos contratantes fomentarán que en los procedimientos dirigidos exclusivamente a MIPYMES, los bienes y servicios a adquirir serán de origen, manufactura o producción industrial. El pliego de condiciones indicará de manera detallada la referencia y especificaciones de los bienes y servicios. Párrafo: Las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) podrán participar en los procedimientos ordinarios libremente y en cualquiera de las modalidades de selección recibirán por concepto de anticipo el veinte por ciento (20 %) del valor de contrato u orden de compra o de servicio adjudicada, además de aplicarle una…
Oferentes que registra (5)
4 adjudicado · 1 descalificado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Guardianes Profesionales, SASAdjudicatario del Lote 1; el resumen del Acta 028-2025 indica que cumplió los criterios del pliego.
Adjudicado
Lote 1
RD$107,685,281
Guardas Alertas Dominicanos, SRLAdjudicatario del Lote 2 conforme al resultado del sorteo y por cumplir los criterios del pliego.
Adjudicado
Lote 2
RD$71,069,380
Horus Vip Security, SRLAdjudicatario del Lote 3 conforme al resultado del sorteo y por cumplir los criterios del pliego.
Servicios Nacional de Seguridad Integral, SRL (SENASE)El resumen del Acta 028-2025 consigna que su oferta económica fue desestimada porque el análisis de costos no cumplió los requisitos y los valores detallados no coincidían con la oferta económica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona