El pliego del proceso TSS-CCC-PEEX-2024-0007, fechado el 12 de noviembre de 2024, establece la adquisición por tres años de licencias Microsoft Enterprise Agreement mediante proveedores LSP, con presupuesto base de RD$50,404,500. Define exclusividad, evaluación cumple/no cumple y adjudicación a un único oferente por el menor precio. También contiene reglas sobre la apertura conjunta de ofertas técnicas y económicas y prevé posibles adendas para licencias adicionales.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra un contrato modificado por RD$59,080,214, frente a la adjudicación de RD$54,574,570.90 consignada en el acta anterior: una diferencia de RD$4,505,643.10. El pliego contempla licencias adicionales mediante adendas, lo que podría explicar la diferencia; corresponde verificar la adenda, su justificación, alcance y publicación.
“El oferente adjudicatario deberá reconocer que el monto del contrato puede variar cada año, en vista de la posibilidad de agregar licencias, lo cual generará un costo adicional.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 181 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 181 — Procedimiento para la modificación del contrato
Artículo 181. Procedimiento para la modificación del contrato. La modificación del contrato se realizará agotando la forma y plazo establecidos en el pliego de condiciones. Cuando estas sean ambiguas o no se haya establecido un procedimiento, será el siguiente: 1. La institución contratante realizará un informe pericial en el cual se indique de manera detallada la causa que da lugar a la modificación. 2. La institución contratante notificará por escrito al contratista la intención de modificar el contrato u orden de compra o servicio, exponiendo de manera detallada y debidamente motivada la causa que la justifica, así como el informe pericial que avale la intención. 3. El proveedor tendrá…
El pliego dispone recibir, abrir y evaluar las ofertas técnicas y económicas en una única etapa. El Reglamento 416-23 separa la evaluación técnica de la apertura económica; la regla del pliego merece revisión por el efecto que puede tener sobre la confidencialidad y secuencia de evaluación.
“En este procedimiento de excepción por selección competitiva con el número de Referencia TSS-CCC-PEEX-2024-0007 la recepción, apertura y evaluación de las ofertas se llevará a cabo en única etapa: Única etapa. La recepción de las ofertas té”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · Reglamento 416-23, art. 149 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Reglamento 416-23, artículo 149 — Etapas comunes de los procedimientos de excepción
Artículo 149. Etapas comunes de los procedimientos de excepción. Salvo los casos de excepción por emergencia y seguridad nacional que iniciarán con decreto presidencial, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Sección I sobre “Fase de Planificación y Preparación”, del presente capítulo. Posteriormente, deberán realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones gestionará la elaboración de un informe pericial que podrá ser requerido a la unidad requirente o a un experto…
El pliego impide participar simultáneamente a empresas que coincidan en alguno de sus socios, sin limitar la regla a una participación que implique control o a una coordinación acreditada. Por su alcance, puede excluir ofertas de personas jurídicas distintas; conviene verificar la justificación y aplicación de esta condición.
“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Aunque el pliego primero indica que las ofertas podían presentarse por SECP o en papel, luego establece que la presentación sería únicamente física. Según el resumen de la Enmienda núm. 1, esta restricción se corrigió antes del cierre al permitir ambas modalidades; se señala como una limitación inicial de acceso ya enmendada.
“Sin embargo, debido a la recomendación del órgano rector a las instituciones, conforme a la parametrización del SECP para los procesos de excepción por selección competitiva para recibir un (1) solo sobre que, a su vez, debe contener tanto ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 109 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 109 — Formato de presentación de propuestas
Artículo 109. Formato de presentación de propuestas. Los oferentes presentarán su propuesta en ofertas técnicas y económicas de forma electrónica a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) o en soporte papel. Ambos formatos tendrán la misma validez. Párrafo. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación del pliego de condiciones y sus enmiendas o adendas, normas y cláusulas que rijan el procedimiento de selección al que se presente, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la propuesta.
El pliego exige que la certificación del fabricante que acredita la condición de socio autorizado LSP haya sido expedida dentro de los seis meses previos al cierre. La exclusividad requiere acreditar la autorización, pero el artículo aplicable no establece ese límite temporal; conviene comprobar si su aplicación excluyó proveedores con autorización vigente cuya certificación era anterior.
“Certificación de condición de socios de negocios autorizados para vender el programa de licenciamiento por volumen Enterprise Agreement (EA) de Microsoft, expedida por el fabricante en un período de tiempo no mayor a 6 meses antes de la fec”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 54 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 54 — Procedimiento de excepción por exclusividad
Artículo 54. Procedimiento de excepción por exclusividad. Se utilizará el procedimiento de excepción por exclusividad para obtener bienes o servicios que por su especialidad solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores que pueden atender al requerimiento, que en ningún caso podrá ser mayor de cinco (5). Los oferentes que poseen la exclusividad deben demostrarlo mediante una acreditación o certificación, en caso de que la hubiere, que puede ser nacional o internacional, emitida por una persona, institución u organismo público o privado con autoridad para hacerlo. Párrafo I. La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona