El pliego establece las condiciones de la Licitación Pública Nacional POLITUR-CCC-LPN-2024-0006 para adquirir bienes y servicios conexos distribuidos en diez lotes, con valor referencial de RD$160,413,686.45. Fija la recepción de ofertas para el 20 de noviembre de 2024, dispone requisitos técnicos y de muestras, y establece entrega inmediata, garantías y evaluación por metodología cumple/no cumple. Incluye reglas de participación cuya aplicación y consistencia de plazos de garantías ameritan revisión.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego indica que la garantía debe cubrir 20 días después de la suscripción del contrato, pero en la evaluación económica fija su vigencia hasta el 18 de mayo de 2025. Como el cronograma preveía suscribir el contrato el 3 de diciembre de 2024, las instrucciones no definen una duración coherente y verificable para todos los oferentes.
“Con una vigencia de 20 Días después de la Suscripción de contratos … La vigencia de la garantía deberá ser hasta el 18/05/2025 inclusive”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 192 · Reglamento 416-23, art. 197 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 192 — Objetivo de las garantías
Artículo 192. Objetivo de las garantías. con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de selección, las instituciones contratantes exigirán a los oferentes y adjudicatarios, mediante el pliego de condiciones de cada procedimiento, la constitución de garantías en la forma y montos definidos por la ley y el presente reglamento. Párrafo I. Las modalidades de garantía permitidas son la garantía bancaria y la póliza de seguro y deberán ser incondicionales, irrevocables y renovables. Para el caso de MIPYMES, solo será exigida la fianza de seguro. Párrafo II. El pliego de condiciones establecerá el plazo de…
Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
El cronograma prevé notificar errores subsanables a las 11:25 del 20 de noviembre y ponderar las subsanaciones a las 11:30 del día siguiente. Para un procedimiento de diez lotes y numerosos ítems, el plazo de aproximadamente 24 horas puede dificultar la corrección efectiva; corresponde comprobar que se aplicara de forma razonable e igualitaria.
“Notificación de errores u omisiones de naturaleza subsanables. El día 20 de noviembre del año 2024, a las 11:25 AM Período de Ponderación de Subsanaciones El día 21 de noviembre del año 2024, a las 11:30 AM”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 122 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Reglamento 416-23, artículo 122 — Procedimiento para la subsanación
Artículo 122. Procedimiento para la subsanación. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones deberá notificar, de manera diligente y en igualdad de condiciones, a los oferentes para que subsanen en el plazo establecido en el cronograma de actividades del procedimiento, los errores u omisiones identificados en el informe de evaluación, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) y vía correo electrónico que se encuentre registrado en el Registro Proveedor del Estado o en la propuesta técnica presentada. Párrafo I. El pliego de condiciones deberá fijar expresamente el plazo para subsanar, que deberá ser razonable en relación con los tiempos de convocatoria…
El pliego dispone descalificar a oferentes que tengan accionistas en común, sin limitar la regla a ofertas coordinadas, consorcios ni a una comprobación individual de afectación a la competencia. Es una condición de participación que puede excluir competidores y conviene verificar su aplicación y fundamento respecto de cada caso.
“NOTA: Se descalificarán las ofertas correspondientes a los oferentes que cuenten con accionistas en común.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El calendario del pliego fijaba la adjudicación para el 27 de noviembre y la firma de contratos para el 3 de diciembre de 2024, mientras el portal registra contratos confirmados y enviados el 26 de noviembre; el resumen de otra acta sitúa la adjudicación el 28 de noviembre. Puede tratarse de una fecha de registro y no de firma efectiva, por lo que se recomienda verificar los contratos suscritos y las marcas de tiempo del portal.
“Acto de Adjudicación El día 27 de noviembre del año 2024, a las 11:50 … PM . Suscripción del Contrato El día 03 de Diciembre del año 2024, a las 12:45 PM”
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona