Inconsistencia aritmética en el renglón de cartuchos y en el estimado
· hace 2 años
En el lote 9, 45,000 unidades a RD$76.70 suman RD$3,451,500, no los RD$3,451,050 consignados. La suma de los totales por lote asciende a RD$160,414,586.45, RD$900 por encima del estimado del portal; el renglón señalado explica RD$450 de esa diferencia y queda otro RD$450 por aclarar. Son valores estimados en una solicitud, no montos adjudicados.
“45000 $76.70 $3,451,050.00 ... $17,599,950.00”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
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