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Abriendo la ficha…

Enmienda · Acta MIVHED/CCC/2024/217

Pliego de Condiciones Enmendado LPN-2024-0016.pdf

ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE EQUIPOS Y MOBILIARIOS MÉDICOS, MOBILIARIO GENERAL, EQUIPOS DE LAVANDERÍA Y COCINA DE HOSPITALES · Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones

Publicado el 29 oct de 202461 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MIVHED-CCC-LPN-2024-0016

Lo que dice

El pliego enmendado de la Licitación Pública Nacional MIVHED-CCC-LPN-2024-0016 establece las condiciones para adquirir e instalar equipos y mobiliarios para hospitales, por un valor referencial de RD$1,895,270,750.04, distribuido en cinco lotes y sublotes. Identifica la Resolución MIVHED/CCC/2024/217 y fija la recepción de ofertas para el 14 de noviembre de 2024; no decide adjudicaciones.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarEnmienda relaja un control

Enmienda (MIVHED/CCC/2024/217) relaja un control del pliego

Documento del 29 oct 2024 · hace 1 año

El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La recepción final queda asociada al 20% restante; el esquema permite pagar el 80% antes de ese hito..

Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas

Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Prohibición amplia a empresas que compartan socios

Documento del 29 oct 2024 · hace 1 año

El pliego impide que empresas con cualquier socio común participen simultáneamente, sin precisar porcentaje de participación ni una relación con una prohibición legal. La regla puede excluir competidores por un vínculo societario que no equivale, por sí solo, a una prohibición de contratar.

“De igual manera, empresas que posean socios en común no podrán participar simultáneamente, por lo que deberán participar por una sola de estas.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

A revisarHallazgo en documentos

Criterios distintos sobre la falta de formularios estandarizados

Documento del 29 oct 2024 · hace 1 año

El pliego afirma que la falta de un documento estandarizado no impide evaluar la oferta, pero también califica como no subsanable la falta del SNCC.F.033 o una cotización incompleta, sin aclarar cómo se concilian ambas reglas. Esa ambigüedad puede afectar la admisión de ofertas.

“Se aclara que, en el evento de que un(a) oferente no presente su oferta en alguno de estos documentos estandarizados, esto no será motivo de rechazo de su oferta, ni será obstáculo para que los peritos la evalúen. … La falta de presentación”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 6 · Reglamento 416-23, art. 120 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 6 — Documentos estandarizados

Artículo 6. Documentos estandarizados. En el marco del ejercicio de función de centralización de las políticas y normas del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas, la Dirección General emitirá modelos de pliegos de condiciones y documentos estandarizados que deberán ser utilizados por las instituciones contratantes y los proveedores con el objetivo de universalizar, homologar y unificar los expedientes de los procedimientos de selección. Párrafo. Sin perjuicio del objetivo anterior, no será motivo de descalificación la oferta de un proveedor o motivo de la nulidad de un acto o etapa del procedimiento de selección, el que no se hayan utilizado los documentos estandarizados, siempre que…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

A revisarHallazgo en documentos

El umbral para ofertas bajas difiere del consignado en otros documentos

Documento del 29 oct 2024 · hace 1 año

Esta versión del pliego fija en más de 10% por debajo del valor referencial el umbral para considerar una oferta no sustentable; en otros documentos del proceso ya revisados se registró un umbral de 20%. La diferencia entre versiones puede cambiar qué ofertas quedan expuestas a descalificación y requiere aclarar cuál criterio rige.

“Si el precio de la oferta es inferior en más de un DIEZ POR CIENTO (10%) en relación al presupuesto base o valor referencial del lote o ítem, o del presupuesto general si es un único … lote, se considerará no sustentable o temerario, por”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

A revisarHallazgo en documentos

El MIVHED se reserva actualizar unilateralmente el inicio de entregas

Documento del 29 oct 2024 · hace 1 año

El pliego permite que el MIVHED actualice unilateralmente la fecha de inicio del equipamiento, sin indicar criterios ni límites para el cambio. Una variación podría alterar el calendario de suministro y los costos que los oferentes deban considerar.

“NOTA: La fecha de inicio del equipamiento puede ser actualizada por el MIVHED unilateralmente y notificar al contratista con anticipación.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 179 · Reglamento 416-23, art. 180 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 179 — Potestad de modificación de los contratos y órdenes de compra o servicios

Artículo 179. Potestad de modificación de los contratos y órdenes de compra o servicios. Los contratos y las órdenes de compra o de servicio podrán ser modificados de manera unilateral, como ejercicio de la facultad prevista en la ley, o por mutuo acuerdo y por las causas previamente establecidas en el pliego de condiciones. en ambos casos, siempre y cuando se mantenga el objeto de la contratación, se trate de circunstancias que fueron imprevisibles en el momento de iniciarse el procedimiento de selección y esa sea la única forma de satisfacer plenamente el interés general. Párrafo. Para las causas previstas en el pliego de condiciones se deberá establecer de manera detallada, clara,…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 180 — Modificaciones por causas no previstas en el Pliego de Condiciones

Artículo 180. Modificaciones por causas no previstas en el Pliego de Condiciones. Excepcionalmente, la institución contratante podrá realizar modificaciones a los contratos y órdenes de compra o servicios por causas no previstas en el pliego de condiciones, pero sin alterar el objeto del contrato y cumpliendo los límites porcentuales definidos en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, solo en las siguientes situaciones: 1. Fuerza mayor o caso fortuito que hiciesen imposible la realización de la prestación en los términos inicialmente definidos. 2. Que la modificación surja como consecuencia de circunstancias imprevisibles que hacen necesarias variaciones en las condiciones contractuales…

Cambios que introduce (3)

SecciónAntesDespuésEfecto
Sección IV, 17. Anexos documentos estandarizadosEfecto de no presentar formularios estandarizadosLa presentación de la oferta en los documentos estandarizados se exigía como parte de las bases.La falta de uso de un documento estandarizado no será motivo de rechazo si los peritos pueden evaluar la oferta.Relaja
Sección I, 11. Entregables y cronograma; Sección III, 11. Condiciones de pagoHitos de pago y validación de bienes almacenadosEl esquema anterior de hitos y porcentajes no se detalla en el material disponible.Se prevé 20% de anticipo, 25% contra orden de compra al fabricante/suplidor, 20% con BL o evidencia de llegada al país, 15% tras validación en almacén y 20% contra instalación, puesta en marcha y recepción final.RelajaQuita un control: La recepción final queda asociada al 20% restante; el esquema permite pagar el 80% antes de ese hito.
Sección I, 11.1.2, documentación técnica; Sección II, 4. Debida diligenciaVerificación física de equipos durante el almacenajeNo se describe una validación en almacén con apertura de cajas.Se exige permitir visitas del MIVHED para visualizar equipos y accesorios, incluida la apertura de cajas antes de trasladarlos a la obra.Endurece

Otros documentos del proceso (40)

  • SOLICITUD DE COMPRAS MIVHED-CCC-LPN-2024-0016.pdfSolicitud de compra · 26 sept de 2024 · 1 señal
  • Resolución de Inicio MIVHED-CCC-LPN-2024-0016.pdfResolución · 26 sept de 2024
  • Pliego de Condiciones MIVHED-CCC-LPN-2024-0016.pdfPliego · 26 sept de 2024 · 5 señales
  • Resolución de Inicio MIVHED-CCC-LPN-2024-0016.pdfPliego · 26 sept de 2024 · 1 señal
  • Plantillas Ala de trauma del Hospital General y Especialidades Nuestra Señora de la Altagracia.rarDocumento · 26 sept de 2024
  • Plantillas Ala de trauma del Hospital Regional Luis L. Bogaert.rarDocumento · 26 sept de 2024
  • Plantillas Cabral y Baez.rarDocumento · 26 sept de 2024
  • Plantillas Hospital Municipal de Villa Vásquez.rarDocumento · 26 sept de 2024
  • Plantillas Hospital Traumatológico de San Cristóbal.rarDocumento · 26 sept de 2024
  • CONVOCATORIA MIVHED-CCC-LPN-2024-0016.pdfDocumento · 26 sept de 2024
  • Ala de trauma del Hospital General y Especialidades Nuestra Señora de la Altagracia.rar

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

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Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

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  • Declaración jurada MIVHED-CCC-LPN-2024-0016 rev MA.docxDocumento · 26 sept de 2024
  • FORMULARIOS PROCESO.zipDocumento · 26 sept de 2024
  • ERROR EN EL ZIP.jpgDocumento · 7 oct de 2024
  • ANEXOS MIVHED-CCC-LPN-2024-0016 ACTUALIZADOS.zipDocumento · 8 oct de 2024
  • ANEXO PLANOS ACTUALIZADOS MIVHED-CCC-LPN-2024-0016.zipDocumento · 8 oct de 2024
  • Pliego de Condiciones Enmendado LPN-2024-0016.pdfEnmienda · 8 oct de 2024 · 2 señales
  • Resolución de Inicio MIVHED-CCC-LPN-2024-0016.pdfResolución · 8 oct de 2024
  • Resolución de Inicio MIVHED-CCC-LPN-2024-0016.pdfResolución · 8 oct de 2024
  • Resolucion de Enmienda MIVHED-CCC-LPN-2024-0016.pdfEnmienda · 8 oct de 2024
  • ERROR EN EL ZIP.jpgDocumento · 8 oct de 2024
  • Captura de pantalla LPN-2024-0016.pngDocumento · 11 oct de 2024
  • Captura de pantalla LPN-2024-0016.pngDocumento · 11 oct de 2024
  • CIRCULAR DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS MIVHED-CCC-LPN-2024-0016.pdfCircular · 29 oct de 2024
  • Declaración Jurada de Cumplimiento LPN-2024-0016 Enmendada REV MA.docxEnmienda · 29 oct de 2024
  • Resolucion de Enmienda No. 2 MIVHED-CCC-LPN-2024-0016.pdfEnmienda · 29 oct de 2024 · 1 señal
  • ANEXOS ACTUALIZADOS ENMIENDA LPN-2024-0016.zipEnmienda · 29 oct de 2024
  • CIRCULAR DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS MIVHED-CCC-LPN-2024-0016.pdfCircular · 29 oct de 2024 · 2 señales
  • Resolución de Enmienda No. 2 MIVHED-CCC-LPN-2024-0016.pdfEnmienda · 30 oct de 2024 · 3 señales
  • Resolucion de Enmienda No. 3 MIVHED-CCC-LPN-2024-0016.pdfEnmienda · 1 nov de 2024 · 1 señal
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