Reserva amplia para cambiar el equipo de peritos
· hace 29 días
El acta ratifica a tres peritos, pero también reserva la facultad de suprimir, adicionar o sustituir integrantes según las exigencias de los documentos del proceso, sin precisar en este acto los supuestos o el procedimiento aplicable. Conviene verificar que cualquier cambio preserve la trazabilidad de la evaluación y documente la ausencia de conflictos de interés de quienes se incorporen.
“El Comité de Contrataciones Públicas se reserva el derecho de suprimir, adicionar y/o sustituir peritos al equipo designado conforme se desprenda de las exigencias de los documentos del proceso.” (pág. 4)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 91 · Reglamento 52-26, art. 96 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 91 — Formalización de designación y duración de funciones
Artículo 91.- Formalización de designación y duración de funciones. La designación de los peritos debe constar mediante acto administrativo motivado emitido por el Comité de Contrataciones Públicas. Dicho acto debe indicar: 1. Nombres, cargos y perfiles de los peritos designados; 2. Funciones específicas asignadas a cada uno; 3. Declaración de ausencia de conflictos de interés. Párrafo I. En los procedimientos de contratación directa sujeta a umbral y de contratación menor, los peritos son designados por la Dirección Administrativa y Financiera. La designación debe hacerse constar en un acta simple de inicio de procedimiento. Párrafo II. La designación de peritos tiene validez únicamente…
Reglamento 52-26, artículo 96 — Inhibición o recusación
Artículo 96.- Inhibición o recusación. Los peritos pueden inhibirse o ser recusados cuando existan circunstancias comprobables o indicios razonables que puedan comprometer su imparcialidad en el procedimiento. Constituyen, entre otras, causales de inhibición o recusación las siguientes: 1. Tener interés directo o indirecto en el procedimiento; 2. Haber mantenido una relación laboral, contractual o societaria reciente con alguno de los oferentes o interesados; 3. Poseer parentesco por consanguinidad o afinidad con un oferente o interesado; 4. Haber prestado servicios profesionales previos que afecten objetivamente su independencia; 5. Mantener vínculos económicos, profesionales o de…
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