El pliego establece una contratación simplificada del INESPRE para adquirir tickets de combustible, con un valor referencial de RD$6,397,800 y recepción de ofertas prevista para el 9 de octubre de 2026. Fija una vigencia contractual de cinco meses, aunque el encabezado del cronograma señala seis meses, y programa la adjudicación para el 18 de noviembre y la firma para el 7 de diciembre de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (2 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El anexo de gestión de riesgos identifica el proceso INESPRE-CCC-CP-2025-0010 y la adquisición de servidores, no el proceso de combustible de 2026. Conviene verificar que el análisis de riesgos y sus controles correspondan al objeto y expediente de esta contratación.
“INESPRE-CCC-CP-2025-0010 Adquisición de Servidores para el Aumento de Recursos de Respaldo (Bacula) y Ampliación Hiperconvergente para el Centro de Datos del INESPRE ¨” (pág. 41)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 85 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Artículo 85.- Estudios previos. Los estudios previos que sean desarrollados como parte de la planificación contractual de cada institución deben elaborarse por escrito, con la firma de los responsables técnicos, financieros y jurídicos de la institución, y deben formar parte integral del expediente administrativo del procedimiento de contratación. Deben contener, como mínimo, los aspectos establecidos en el artículo 87 de la Ley núm. 47-25. Párrafo. Cuando se produzcan variaciones sustanciales en las condiciones del mercado, del presupuesto o del objeto contractual, los estudios previos deben ser actualizados antes de la publicación del procedimiento.
El cronograma fija la verificación y evaluación técnica para las 13:00 del 9 de octubre, pero la apertura del Sobre A para las 14:30 de ese mismo día. Esa secuencia pone la evaluación antes de que se abran las ofertas técnicas.
“Verificación, validación y evaluación del contenido de las Ofertas Técnicas “Sobre A” 09/10/2026 13:00 p.m … 5. Apertura propuesta “Sobre A” Oferta Técnica 09/10/2026 2:30 p.m” (pág. 8)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 113 · Reglamento 52-26, art. 119 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 113 — Apertura de ofertas
Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…
Reglamento 52-26, artículo 119 — Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 119.- Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de subsanación y aclaraciones y analizadas las ofertas técnicas, deben emitir el correspondiente informe definitivo de evaluación, que debe contener todo lo justificativo de su actuación y utilizar los mismos criterios determinados en el pliego de condiciones. Este informe es remitido al Comité de Contrataciones Públicas o al responsable del procedimiento para su revisión y aprobación.
La sección de vigencia y otras cláusulas fijan cinco meses o hasta agotar el monto, mientras que el encabezado del cronograma describe un período de seis meses. La discrepancia puede afectar la comparación de ofertas y la planificación de entregas.
“El servicio descrito en estas especificaciones técnicas tendrá una vigencia de cinco (05) meses o hasta agotar el monto máximo adjudicado, lo que ocurra primero. CRONOGRAMA Adquisición de combustible para uso del INESPRE, por un periodo de ” (págs. 2-8)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Reglamento 52-26, artículo 87 — Cronograma de actividades y plazos
Artículo 87.- Cronograma de actividades y plazos. El pliego de condiciones aprobado para un procedimiento de selección de proveedores debe incluir un cronograma de actividades con los plazos y fechas límites para las distintas actuaciones, tomando en cuenta las condiciones temporales previstas por la Ley núm. 47-25 para la presentación de propuestas, aclaraciones, adendas o enmiendas, subsanación y aclaración de ofertas, entre otros aspectos.
El cronograma prevé la adjudicación y su notificación el 18 de noviembre, pero programa la suscripción del contrato para el 7 de diciembre: 13 días hábiles después. El propio pliego indica un máximo de diez días hábiles para suscribirlo desde la notificación de la adjudicación.
“16.Adjudicación 18/11/2026 14:30 p.m. 17.Notificación de adjudicación. (artículo 126 de la Ley núm. 52-26) 18/11/2026 15 … 00 p.m. 19.Suscripción del(los) contrato(s) y emisión de órdenes de compra 07/12/2026 12:00 p.m” (pág. 9)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona