El pliego establece una contratación simplificada del INESPRE para adquirir tickets de combustible, con valor referencial de RD$6,397,800 y recepción de ofertas prevista para el 9 de octubre de 2026. Define evaluación técnica de cumple/no cumple y adjudicación por mayor descuento global, aunque contiene discrepancias entre las cantidades y muestras requeridas, y mezcla requisitos para tickets con exigencias de suministro de gasoil a granel.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (2 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cuadro presupuestario y los entregables identifican tickets de gasolina, pero otras secciones requieren gasoil a granel, camiones, capacidad de despacho nacional y pruebas de combustible. Esa mezcla puede imponer requisitos operativos y de capacidad ajenos al objeto presupuestado y reducir la concurrencia; el pliego no presenta una cantidad ni un precio para el gasoil.
“"Tickets de combustible (gasolina)" … "Total Estimado¡ 6,397,800.00" … "El adjudicatario deberá disponer de camiones propios, por lo menos dos (2)"” (págs. 5-7)
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
En una sección se fija como límite un índice de endeudamiento menor de 0.80; en la tabla de evaluación se invierten los resultados: menor de 0.80 aparece como no cumple y 0.80 o más como cumple. La contradicción puede cambiar la habilitación financiera según cuál regla apliquen los evaluadores.
“"Índice de endeudamiento = PASIVO TOTAL/ PATRIMONIO NETO. Límite establecido: Menor 0.80" … "Menor que< 0.80 (No cumple)" … "Mayor o igual que > 0.80 (Cumple)"” (pág. 20)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
El pliego exige garantía de seriedad para las ofertas y la califica como no subsanable; para MIPYMES solo cambia la forma de garantía. La Ley establece que no se requiere garantía de seriedad de oferta para MIPYMES, por lo que la exigencia podría excluir a oferentes que deberían estar exentos.
“"los oferentes/proponentes deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta" … "Si se trata de un oferente certificado como MIPYME solo será exigida la fianza de seguro."” (pág. 16)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
El pliego incorpora como requisito financiero certificaciones que acrediten estar al día con obligaciones tributarias y de seguridad social, y prevé su evaluación. No menciona la excepción legal que permite participar a una MIPYME con incumplimientos de hasta seis meses, de modo que la formulación puede restringir esa participación.
“"Certificación de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), que establezca que el proveedor está al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias." … "Certificación de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), que indique” (pág. 19)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones
Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…
La documentación técnica solicita dos tickets de muestra por cada denominación, pero la metodología de evaluación pide uno. La discrepancia deja incierto el requisito cuya falta podría afectar la habilitación técnica.
“"Dos (2) tickets por cada denominación requerida" … "Un (1) ticket por cada denominación requerida"” (págs. 14-20)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
El pliego fija la vigencia de las ofertas hasta el 30 de diciembre de 2026, pero la tabla de evaluación técnica requiere un período mínimo de 90 días hábiles desde el cierre. Los requisitos pueden dar lugar a ofertas y garantías con vigencias distintas y a una aplicación desigual del pliego.
“La oferta deberá tener vigencia hasta el 30/12/2026 … válido por un períod mínimo de noventa (90) días hábiles contados desde la fecha límite par resentación de ofertas” (págs. 8-18)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 109 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 109 — Efectos y validez de la presentación de propuestas
Artículo 109.- Efectos y validez de la presentación de propuestas. La presentación de propuestas significará, de parte del oferente, el pleno conocimiento y aceptación de los pliegos de condiciones, sus adendas o enmiendas, normas y cláusulas que rijan la modalidad de contratación correspondiente. Párrafo.- La propuesta tendrá validez durante el período que se señale en los pliegos de condiciones.
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
La especificación consigna 11,399 tickets de RD$200, mientras que el total de 15,986 tickets corresponde a 11,339 de esa denominación, tomando las demás cantidades indicadas. La diferencia de 60 tickets puede alterar la cantidad a entregar y la comparación económica de las ofertas.
“"200 11,399" … "15,986 tickets"” (págs. 6-8)
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona