Publicado el 1 oct de 2026Fechado el 29 sept de 202613 páginasEn el mensaje «Informe Pericial Definitivo y Recomendación de Adjudicación, Acta de Aprobación y Notificación de Adjudicación - MAPRE-CCC-LPN-2026-0007»
El Comité de Contrataciones Públicas del MAPRE aprobó por unanimidad, el 30 de septiembre de 2026, el informe de evaluación económica y adjudicó el lote único a Isla Dominicana de Petróleo Corporation por un monto máximo de RD$93,114,120.00, impuestos incluidos, sujeto a los descuentos ofertados. El acta registra descuentos de 7.39% para gasolina premium, 8.62% para gasoil óptimo y 10% para tarjetas externas; Petromóvil y Sigma no fueron habilitadas para abrir sus ofertas económicas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (13 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe expresa que Isla ofreció RD$25 por galón, no un porcentaje, y lo convirtió en porcentajes calculados para cada combustible; el acta adjudica usando esos equivalentes. Como el pliego requería porcentajes separados y los descuentos se aplicarán al consumo, conviene verificar que el cálculo aplicado durante la ejecución preserve las condiciones económicas efectivamente ofertadas, especialmente si cambian los precios de referencia.
“21. Considerando que la oferta económica presentada por el oferente Isla Dominicana de Petroleo Corporation expresó su descuento en un monto fijo de RD$25.00 por galón para el combustible a granel, y no como un porcentaje (%), este cuerpo…”
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Oferentes que registra (3)
2 no habilitado · 1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Isla Dominicana de Petróleo CorporationAdjudicataria del lote único; el acta consigna que cumplió los requisitos legales, financieros, técnicos y económicos. Subsanó la omisión de la declaración de oferta libre de colusión.
Adjudicado
Lote Único
RD$93,114,120
Petromóvil, S.A.No habilitada para abrir y evaluar su oferta económica por incumplimientos de requisitos y especificaciones establecidos como no subsanables.
No habilitado
Lote Único
—
Sigma Petroleum Corp, S.A.S.No habilitada para abrir y evaluar su oferta económica por incumplimientos de requisitos y especificaciones establecidos como no subsanables.
No habilitado
Lote Único
—
Cambios que introduce (2)
Sección
Antes
Después
Efecto
Oferta económica / descuento para combustible a granelConversión del descuento fijo a porcentajes
El pliego y la enmienda requerían expresar por separado porcentajes de descuento para combustible a granel y tarjetas externas.
El informe convirtió el descuento fijo de RD$25 por galón en 7.39% para gasolina premium y 8.62% para gasoil óptimo; el acta adjudicó aplicando esos porcentajes.
Relaja
Oferta económica / subsanaciónOmisión de la declaración de oferta libre de colusión
El pliego establecía que la omisión total de la declaración no era subsanable.
El Comité permitió incorporar la declaración después de la apertura del Sobre B, al considerarla un documento de soporte subsanable que no alteraba la oferta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.