Publicado el 21 sept de 2026Fechado el 15 sept de 202612 páginasEn el mensaje «PRIMERA REGISTRO ADENDA AL PLIEGO- 1ERA. RESPUESTA A LA DGCP-PRIMERA ACTA COMITE DE CONTRATACIONES»
En respuesta al monitoreo preventivo de la DGCP, la DIDA anunció cambios al pliego de la licitación DIDA-CCC-LPN-2026-0001, en documento fechado el 16 de septiembre de 2026. Entre ellos, amplió el plazo de entrega de cinco días hábiles a treinta días calendario, modificó parámetros técnicos de las camionetas y acogió eliminar la antigüedad mínima de veinte años de la marca. También decidió que el anticipo MIPYME se pagaría dentro de treinta días desde el registro del contrato y dijo que cargaría al sistema la evidencia de publicación en prensa.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la antigüedad mínima de la marca, que verificaba la trayectoria del fabricante..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
El monitoreo de la DGCP afirma que el expediente no contenía evidencia de la publicación impresa exigida para la licitación pública; la DIDA respondió que la cargaría al sistema, sin consignar en esta respuesta que ya estuviera incorporada. Conviene verificar la publicación y su fecha, pues la convocatoria debía aparecer en periódicos durante dos días consecutivos.
“El expediente del proceso no contiene la evidencia física o digital (recortes o certificaciones) que demuestre la Publicación de la … convocatoria en periódicos impresos de circulación nacional, a pesar de ser una obligación legal para la”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 98 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 98 — Publicidad de la convocatoria
Artículo 98.- Publicidad de la convocatoria. La convocatoria a presentar ofertas en el procedimiento de selección correspondiente deberá generarse a través del portal de la institución contratante, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en periódicos impresos de circulación nacional durante dos (2) días consecutivos. Párrafo I.- De manera conjunta con la convocatoria, deberá hacerse disponible el pliego de condiciones a través de los medios indicados. Párrafo II.- En los casos que se requiera una convocatoria internacional, deberá adicionalmente, realizarse una publicación a través de medios digitales de difusión internacional orientados al mercado público y otros mecanismos…
La DIDA anuncia que aplicará un plazo de treinta días desde el registro del contrato, aunque el artículo 174 de la Ley 47-25 dispone el anticipo del 30 % con la suscripción. El documento no aclara cómo se concilia ese plazo con la regla legal.
“En vista de dicha contradicción, nos acogemos al plazo de treinta (30) días desde el registro del contrato, por lo que procederemos a enmendar el pliego de condiciones.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona