El pliego de la licitación pública nacional DIDA-CCC-LPN-2026-0001 establece la compra de siete camionetas y un minibús, con un monto estimado de RD$30,000,000.60 y adjudicación por menor precio por ítem. Fija la convocatoria para el 17 de agosto de 2026, pero contiene plazos de recepción divergentes; además, establece requisitos de centros de servicio que varían entre secciones y condiciones de penalidad por retraso.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego impide que participen simultáneamente empresas que tengan socios en común, aunque sean personas jurídicas distintas. La prohibición amplía el supuesto de multiplicidad de participación de una misma persona y puede reducir la concurrencia.
“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación
Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Una sección exige al menos tres centros de servicio y la tabla de evaluación exige al menos cinco. La diferencia puede cambiar qué ofertas cumplen el requisito habilitante; conviene verificar cuál cifra regía para la evaluación.
“Evidencia de la existencia de al menos tres (3) centros de servicios mecánicos autorizados con capacidad de respuesta y que cubran las garantías de los bienes ofertados. … Evidencia mediante contrato de alquiler o factura de pago de servici”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
El pliego fija la ejecución de garantías al quinto día hábil de retraso y la rescisión unilateral al décimo, sin expresar en esta escala el cálculo de penalidades que determine el umbral de rescisión. La Ley 47-25 dispone poner en mora al proveedor y permite rescindir cuando las penalidades por demora alcancen el 20% del precio; el mecanismo debe leerse junto con esas condiciones y el procedimiento reglamentario de ejecución de garantías.
“2) Ejecución de las garantías: Por cinco (5) días hábiles de retraso por razones imputadas al proveedor, no consideradas de fuerza mayor. 3) Rescisión unilateral sin responsabilidad para la entidad contratante: Por diez (10) días hábiles de”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 145 · Reglamento 52-26, art. 217 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 145 — Plazo de ejecución y penalidades por demora
Artículo 145.- Plazo de ejecución y penalidades por demora. Las prestaciones previstas en el contrato deberán ejecutarse en los plazos parciales de su ejecución sucesiva y dentro del plazo total fijado. Párrafo I.- Ante incumplimiento con los plazos previstos exclusivamente atribuibles al proveedor, la institución contratante deberá ponerlo en mora, en caso de que el retraso persista, la institución contratante podrá aplicar penalidades diarias mediante la deducción de las cantidades que por concepto de pago total o parcial deban abonarse al proveedor; la proporción y determinación de estas penalidades serán determinadas en los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo II.- En todo…
Reglamento 52-26, artículo 217 — Procedimiento para de la ejecución de la garantía
Artículo 217.- Procedimiento para de la ejecución de la garantía. Para la ejecución de las garantías de fiel cumplimento, de buen uso de anticipo o de vicios ocultos, la institución contratante debe agotar el siguiente procedimiento: 1. Las personas designadas para el gerenciamiento del contrato deben informar a la máxima autoridad de la institución sobre los incumplimientos del proveedor o contratista, los cuales deben estar debidamente documentados y haberse intimado a su cumplimiento, y de la intención de ejecución de la garantía correspondiente. 2. El titular del área jurídica, previa autorización de la máxima autoridad de la institución notifica al proveedor o contratista la intención…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona