Publicado el 21 sept de 2026Fechado el 20 sept de 202663 páginasEn el mensaje «CIRCULAR DE RESPUESTAS A LAS PREGUNTAS Y OBSERVACIONES DE LOS OFERENTES»
La Circular núm. 01, fechada el 21 de septiembre de 2026, responde consultas sobre la licitación SIE-CCC-LPN-2026-0006 para el servicio SOC/XDR, cuyo presupuesto estimado es RD$9,200,170. Aclara que se aceptarán tecnologías equivalentes y que el alcance base es de 570 activos, con una estimación de ingesta de 10 GB diarios y picos de 30 GB. Mantiene el requisito de cinco años de presencia en el mercado local y tres proyectos similares, y confirma que la contratación será integral, sin lotes.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se debilita el control de medición y exigibilidad de los SLA al permitir excluir períodos de espera.; Se reduce la disponibilidad en línea y la capacidad de búsqueda histórica, controles útiles para auditoría e investigación.; La preservación formal y los procedimientos de cadena de custodia quedan condicionados a una necesidad posterior, en vez de ser controles generales definidos desde la oferta.; La capacidad se valida después de la adjudicación y no se fija una prueba ni un nivel universal de recuperación al comparar ofertas.; Se elimina la obligatoriedad de verificar cada uno de los tres mecanismos de identificación y control, aunque se mantiene la exigencia de capacidad equivalente..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La circular mantiene cinco años de presencia en el mercado local y tres proyectos similares; indica que las referencias internacionales pueden complementar, pero no sustituir, ese requisito. Es una condición que puede excluir a proveedores nuevos o con experiencia internacional pertinente y merece revisión de proporcionalidad respecto del objeto.
“para el presente proceso se mantiene el requisito de cinco (5) años de presencia en el mercado local, conjuntamente con la acreditación de al menos tres (3) proyectos similares mediante contratos y/o cartas de certificación o satisfacción.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
La entidad descarta dividir la plataforma EDR/XDR y el servicio SOC en lotes, aunque admite integraciones estándar y participación en consorcio. La solución integral y la responsabilidad única son la justificación consignada, pero la exigencia puede limitar la participación independiente de especialistas en una de las dos prestaciones.
“La contratación se mantiene como solución integral e indivisible para asegurar interoperabilidad, cobertura de extremo a extremo, correlación, respuesta coordinada, SLA unificados y una responsabilidad contractual única. No se exige que amb”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 83 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.
La circular reserva para el descubrimiento posterior a la adjudicación el inventario de fabricantes, versiones y distribución de activos, aunque exige contemplar integraciones y conectores en la oferta y ejecutarlos dentro de 30 días laborables. La reserva por seguridad está expresada, pero la información diferida puede dificultar dimensionar y comparar costos y compatibilidad antes de ofertar.
“Por razones de seguridad, el inventario de fabricantes, versiones y distribución será entregado al adjudicatario durante la fase de descubrimiento. El oferente deberá contemplar esta actividad, las integraciones y los conectores necesarios ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Cambios que introduce (8)
Sección
Antes
Después
Efecto
Requerimientos técnicos de la soluciónEquivalencias funcionales y mecanismos técnicos
El pliego describía mecanismos y denominaciones técnicas concretas para varias capacidades, como virtual patching, escalamiento L1-L2-L3, rollback y control de aplicaciones.
Se admiten mecanismos, arquitecturas y denominaciones equivalentes, sujetos a documentación técnica verificable y a que mantengan los resultados, SLA y controles mínimos requeridos.
Relaja
Operación del SOCAsignación de personal por turno
No quedaba precisado si los analistas debían estar dedicados exclusivamente a la cuenta ni si podían pertenecer al fabricante o a un SOC global.
No se exige dedicación exclusiva; se mantienen al menos dos analistas por turno y un perfil ofensivo por turno, con disponibilidad demostrable, identificación y responsabilidad del oferente.
Relaja
SLA de contención y erradicaciónCómputo de tiempos ante dependencias externas
Los plazos de cuatro horas para contención y 24 horas para erradicación se presentaban como tiempos del servicio.
Se califican como objetivos contractuales para incidentes críticos; pueden descontarse dependencias de autorizaciones, terceros o acciones exclusivas de la SIE si se notifican y documentan oportunamente.
RelajaQuita un control: Se debilita el control de medición y exigibilidad de los SLA al permitir excluir períodos de espera.
Retención de logs y telemetríaDisponibilidad y consulta histórica
La ficha requería retención mínima de 12 meses en línea.
Se permite mantener información histórica en archivo y se indica que la información de mayor antigüedad puede quedar archivada o caducada, sin requerir búsqueda inmediata; debe poder recuperarse para investigación o auditoría según otras respuestas de la circular.
RelajaQuita un control: Se reduce la disponibilidad en línea y la capacidad de búsqueda histórica, controles útiles para auditoría e investigación.
Evidencia y análisis forensePreservación formal de evidencia
El pliego requería evidencias con hash y bitácora para auditoría o análisis forense, sin que la circular señale una obligación general de imágenes forenses o cadena judicial de custodia.
Se precisa que no se exigen generalmente imágenes bit a bit, cadena de custodia judicial ni participación pericial; si el incidente lo requiere, el procedimiento se acordará con la SIE y las autoridades competentes.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
RelajaQuita un control: La preservación formal y los procedimientos de cadena de custodia quedan condicionados a una necesidad posterior, en vez de ser controles generales definidos desde la oferta.
Ransomware y recuperaciónAlcance de rollback de archivos
El requisito se describía como detección de cifrado y rollback de archivos.
Se aceptan mecanismos equivalentes de prevención y recuperación verificable; no se requiere recuperar todos los archivos en todo escenario y el oferente debe declarar límites y condiciones, con validación durante la implementación.
RelajaQuita un control: La capacidad se valida después de la adjudicación y no se fija una prueba ni un nivel universal de recuperación al comparar ofertas.
Control de aplicacionesAllow/deny por hash, ruta y certificado
El requisito enumeraba controles por hash, ruta y certificado, además de inventario y whitelist.
Se aceptan mecanismos equivalentes de autorización, restricción y bloqueo; no se exige utilizar individualmente los controles por hash, ruta y certificado, si se demuestra capacidad igual o superior e incluye inventario y whitelist.
RelajaQuita un control: Se elimina la obligatoriedad de verificar cada uno de los tres mecanismos de identificación y control, aunque se mantiene la exigencia de capacidad equivalente.
Integraciones y dimensionamientoFuentes e inventario técnico
El requerimiento contemplaba integración y correlación de endpoints, red, correo y cargas, pero las respuestas no detallaban fabricantes, versiones ni distribución de las fuentes.
Se fija como base 570 activos y se estima ingesta promedio de 100 EPS o 10 GB diarios, con picos de 300 EPS o 30 GB; el inventario detallado y la priorización de fuentes se entregarán al adjudicatario durante el descubrimiento.