El Acta núm. 037-2026, del 11 de septiembre de 2026, dispone que no se formalice el contrato del proceso CNE-CCC-PEIN-2026-0001 y deja sin efecto la adjudicación a Inversiones Lenove, S.R.L., realizada mediante el Acta núm. 034-2026 del 27 de julio. Aunque señala que no se trata de cancelar el procedimiento, ordena cerrar las actuaciones porque el contrato no llegó a perfeccionarse y habría desaparecido la necesidad. El 16 de septiembre, Inversiones Lenove comunicó su conformidad con la no formalización y el cierre.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta deja sin efecto la adjudicación del 27 de julio después de su emisión, aunque afirma que no cancela el procedimiento. El artículo 131 dispone que, dictado el acto de adjudicación, no procede cancelar y que, si se pretende revisar la actuación, debe agotarse la revisión de oficio mediante declaración de lesividad; corresponde verificar el fundamento y la vía utilizados para retirar sus efectos.
“SEGUNDO: DISPONERel cierre de las actuaciones administrativas derivadas del referido procedimiento, sin que ello implique la cancelación del procedimiento con posterioridad a la adjudicación, sino la conclusión de las actuaciones”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 131 · Ley 47-25, art. 127 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 131 — Improcedencia de la cancelación
Artículo 131.- Improcedencia de la cancelación. Dictado el acto de adjudicación, en ningún caso procederá la cancelación. Párrafo.- Una vez adjudicado el contrato, si la institución contratante lo considera procedente, por darse las condiciones legalmente establecidas a esos fines, deberá agotar el procedimiento de revisión de oficio de su actuación administrativa a través de la declaración de lesividad prevista en la Ley sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo.
Ley 47-25, artículo 127 — Efectos de la adjudicación
Artículo 127.- Efectos de la adjudicación. Efectuada la notificación al adjudicatario y demás participantes, esta generará derechos y obligaciones para la institución contratante y para el adjudicatario a exigir la suscripción del contrato o emisión de orden de compra o de servicio.
El acta ordena notificar al proveedor para que ejerza su derecho a réplica o manifieste conformidad después de haber dispuesto dejar sin efecto la adjudicación. La empresa manifestó conformidad el 16 de septiembre; la secuencia consignada amerita verificar si tuvo oportunidad efectiva de ser oída antes de adoptarse la decisión que afectó la adjudicación.
“TERCERO: DISPONERque la Unidad Operativa de Compras y Contrataciones de esta Comisión Nacional de Energía notifique esta acta al proveedor invitado a participar en el proceso para que ejerza su derecho a réplica o que emita una”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 24 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 24 — Racionalidad y motivación de las actuaciones administrativas
Artículo 24.- Racionalidad y motivación de las actuaciones administrativas. La administración, en los procedimientos de contratación previstos en la presente ley y sus reglamentos de aplicación, siempre fundamentará su actuación en las motivaciones y argumentaciones correspondientes.
Inversiones Lenove, S.R.L.La adjudicación del 27 de julio de 2026 fue dejada sin efecto al disponerse la no formalización del contrato; la empresa manifestó posteriormente su conformidad con esa decisión.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona