El acto administrativo núm. DIE-CM-ADJ-014-2026, de fecha 2026-09-15, aprueba las evaluaciones y adjudica a Global Import Marte Guzmán, SRL el lote único de ocho ítems por RD$42,854,427.77, impuestos incluidos. De los siete oferentes, Global fue el único habilitado; los otros seis fueron descalificados por incumplimientos técnicos, financieros o documentales. El monto adjudicado queda RD$4,569,523.95 por debajo del presupuesto base de RD$47,423,951.72.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El reporte de lugares ocupados consigna RD$48,854,427.77 para Global, mientras el informe económico, el desglose por ítems y el acto de adjudicación registran RD$42,854,427.77. Aunque el monto adjudicado coincide con el de la oferta y el presupuesto lo cubre, la diferencia de RD$6,000,000 requiere verificar y corregir la trazabilidad del reporte.
“Lugar | Oferente | Monto ofertado (RD$) | Condición | Primero | Global Import Marte Guzmán, SRL (RNC · RPE 86542) | 48,854,427.77 | HABILITADO técnicamente y económicamente conforme - susceptible de adjudicación”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 25 · Reglamento 52-26, art. 82 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 25 — Actos administrativos
Artículo 25.- Actos administrativos. Todos los actos elaborados en el procedimiento de contratación pública deberán ser formalizados y debidamente motivados por las instituciones contratantes, en especial: 1) El acto de aprobación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de alguno de los procedimientos de excepción previstos en la presente ley; 3) La aprobación de los pliegos de condiciones; 4) La selección de los peritos; 5) Las adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones, así como las circulares de respuesta o aclaraciones; 6) Los resultados de la evaluación en sus distintas fases; 7) La precalificación y calificación de oferentes; 8) La adjudicación; 9) La decisión de…
Artículo 82.- Expediente administrativo. Todo procedimiento de contratación debe generar un expediente administrativo único, físico o electrónico, que integre de manera cronológica los actos, documentos, informes, comunicaciones, decisiones, notificaciones y demás piezas vinculadas al proceso de contratación, desde la planificación hasta la ejecución y el cierre del contrato. El expediente debe contener, como mínimo: 1. Estudios previos; 2. Acta de inicio o registro del procedimiento; 3. Pliego de condiciones y sus enmiendas; 4. Circulares de preguntas y respuestas; 5. Publicaciones de convocatorias y avisos; 6. Ofertas presentadas y documentación de los oferentes; 7. Actas de apertura,…
El documento exige para la participación la actividad comercial 72100000, pero la consulta de RPE del 2026-09-28 reporta para Global Import Marte Guzmán, SRL rubros de bienes y la consulta DGII del 2026-09-27 registra venta al por mayor de ropa deportiva. Como esas consultas son posteriores a la adjudicación, no acreditan su situación al 2026-09-15; conviene verificar el registro histórico y la actividad habilitada entonces, dado que el acto lo declara conforme y adjudica el contrato de obra.
“Registro de Proveedores del Estado (RPE) actualizado, con la actividad comercial (Servicios de Mantenimiento y Reparaciones de Construcciones e Instalaciones)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Oferentes que registra (7)
6 descalificado · 1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Global Import Marte Guzmán, SRLÚnico oferente habilitado y económicamente conforme; cumplió las especificaciones técnicas y el criterio de menor precio para el lote único.
Adjudicado
Lote único, ítems 1 al 8
RD$42,854,428
Constructora Segura Vicente (CONSEVISA), SRLCronograma y enfoque metodológico no conformes; oferta limitada a los ítems 4 y 6 pese al lote único; subsanación incorrecta del personal y del equipo requerido.
Descalificado
Lote único, ítems 1 al 8
RD$16,850,264
Servicios Múltiples 4KML, SRLCronograma no conforme; línea bancaria insuficiente y documentos financieros no subsanados; subsanación incorrecta del personal profesional.
Descalificado
Lote único, ítems 1 al 8
RD$42,892,735
Iron Hard Group, SRLNo presentó subsanaciones; cronograma no conforme y falta de líneas de crédito y otros documentos requeridos.
Descalificado
Lote único, ítems 1 al 8
RD$42,918,676
Amancio R. Multiservices, SRLFicha técnica y cronograma no conformes; índice de endeudamiento de 3.78, superior al límite de 1.50; no presentó las subsanaciones requeridas.
Descalificado
Lote único, ítems 1 al 8
RD$42,831,573
Dayanara Mercado MonteroFicha técnica, cronograma y enfoque metodológico no conformes; oferta limitada al ítem 1; índice de endeudamiento de 2.03 y subsanación incorrecta del equipo requerido.
Descalificado
Lote único, ítems 1 al 8
RD$6,507,081
Progescon, SRLCronograma genérico no conforme; índice de endeudamiento de 4.36, superior al límite de 1.50; no presentó las subsanaciones requeridas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona