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Abriendo la ficha…

Estudio previo

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Contratación de consultoría para diagnóstico e implementación de proyecto para el desarrollo de trayectorias técnicas, microcredenciales y Estudios de Diseño e Innovación en centros de educación técni… · Ministerio de Educación

Publicado el 14 sept de 2026Fechado el 9 ago de 202610 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MINERD-CCC-PEPU-2026-0011

Lo que dice

El estudio previo, fechado el 10 de agosto de 2026, recomienda contratar a INTEC como proveedor único para un modelo integrado de formación técnica en semiconductores y manufactura avanzada. Estima un presupuesto total de RD$145,647,990 y organiza los pagos en cuatro desembolsos de 20 %, 30 %, 30 % y 20 %, asociados a entregables durante 18 meses; no adjudica el contrato.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentosRD$145.6 millones

Contradicción sobre la inclusión de la contratación en el plan

Documento del 14 sept 2026 · hace 1 mes

El estudio afirma que la necesidad estaba prevista en el Plan de Compras del Viceministerio, mientras que la solicitud de compra enmendada del expediente se resume como no planificada. Conviene reconciliar ambas afirmaciones y verificar la inclusión de esta contratación en el plan aplicable.

“en el marco de las necesidades previstas en el Plan de Compras y Contrataciones del Viceministerio de Servicios Técnicos y Pedagógicos”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 86 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 86 — Plan Anual de Contrataciones (PAC)

Artículo 86.- Plan Anual de Contrataciones (PAC). Las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley tendrán la obligación de elaborar planes anuales de contratación de obras, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo I.- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados y gestionados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en los portales de las instituciones contratantes. Párrafo II.- Sin perjuicio de las excepciones previstas, toda contratación deberá constar en estos planes y estos deberán ser consistentes con las apropiaciones…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentosRD$145.6 millones

La justificación mezcla proveedor único con incompatibilidad de plazos

Documento del 14 sept 2026 · hace 1 mes

Aunque el estudio recomienda la excepción por proveedor único y expone razones de exclusividad, también incorpora la incompatibilidad con los plazos ordinarios como fundamento. Conviene verificar que la modalidad se sostenga en la causal específica de proveedor único y no en una razón temporal propia de otra excepción.

“El Decreto núm. 324-24 y la Hoja de Ruta de la ENFIS establecen … hitos cuyo cumplimiento resulta incompatible con los plazos de un procedimiento ordinario”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 78 · Reglamento 52-26, art. 149 · Reglamento 52-26, art. 166 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción

Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 149 — Aplicación estricta y prohibición de interpretación extensiva

Artículo 149.- Aplicación estricta y prohibición de interpretación extensiva. Las modalidades de excepción a los procedimientos ordinarios de selección previstas en la Ley núm. 47-25 solo pueden aplicarse en los casos y supuestos taxativamente establecidos, los cuales deben ser entendidos de manera estricta y nunca por analogía o interpretación extensiva.

Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Instituto Tecnológico de Santo Domingo (INTEC)El estudio lo identifica como proveedor único y recomienda contratarlo; no consigna que haya presentado una oferta ni que haya sido adjudicado.MencionadoLote único—

Otros documentos del proceso (19)

  • Resolución CCP-037-2026.pdfInforme pericial · 14 sept de 2026 · 2 señales
  • Resolución CCP-037-2026.pdfResolución · 14 sept de 2026
  • Formularios.zipDocumento · 14 sept de 2026
  • Documento base MINERD-CCC-PEPU-2026-0011.pdfPliego · 14 sept de 2026 · 3 señales
  • Informe justificativo MINERD-CCC-PEPU-2026-0011.pdfInforme justificativo · 14 sept de 2026 · 2 señales
  • INTEC_PURDUE_7.13.26_.pdfDocumento · 14 sept de 2026
  • Solicitud de compra.pdfSolicitud de compra · 14 sept de 2026
  • Términos de referencia MIERD-CCC-PEPU-2026-0011.pdfPliego · 14 sept de 2026 · 2 señales
  • Acta núm. 216-2026.pdfActa · 18 sept de 2026 · 2 señales
  • Enmienda I.pdfEnmienda · 18 sept de 2026 · 1 señal
  • Enmienda I.pdfEnmienda · 18 sept de 2026 · 1 señal

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Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos

Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…

Texto oficial completo

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Acta núm. 216-2026.pdf
Acta · 18 sept de 2026 · 1 señal
  • Enmienda II.pdfEnmienda · 23 sept de 2026 · 2 señales
  • Circular núm. 1.pdfCircular · 23 sept de 2026 · 2 señales
  • Solicitud de compra enmendada.pdfEnmienda · 23 sept de 2026 · 1 señal
  • Circular núm. 1.pdfCircular · 23 sept de 2026
  • Ficha técnica.pdfPliego · 25 sept de 2026
  • Acta núm. 216-1-2026.pdfActa · 29 sept de 2026
  • Acto núm. 216-2-2026.pdfDocumento · 2 oct de 2026