El Acta núm. 68-2026, de 2026-09-11, aprueba la rectificación del informe definitivo de evaluación técnica del proceso ECORD-CCC-LPN-2026-0002. Habilita para la apertura económica a Constructora e Inmobiliaria Faroma e Inssa, y suspende la decisión sobre Lusem Consulting hasta concluir la debida diligencia; no adjudica ni consigna montos.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se deja de exigir como causal excluyente la referencia del proceso en la declaración jurada, reduciendo el control de vinculación documental de esa declaración con el procedimiento..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: Inssa, S.R.L., Constructora e Inmobiliaria Faroma, S.R.L..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 106 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas
Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…
El informe registra que la DGCP comunicó una alerta y que los peritos identificaron posibles indicios de relación entre Lusem Consulting y Citrus Gold. El acta suspende la determinación sobre la habilitación de Lusem hasta completar la debida diligencia; el documento no establece que exista una relación ni una infracción.
“…los peritos actuantes determinaron que se identificaron posibles hallazgos de posible relación entre los oferentes participantes LUSEM CONSULTING, S.R.L., y CITRUS GOLD, S.R.L.… «Se SUSPENDE la determinación de habilitación para la fase de”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 28 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 28 — Monitoreo tecnológico y Sistema de Alerta Preventiva y Reactiva (SAPR)
Artículo 28.- Monitoreo tecnológico y Sistema de Alerta Preventiva y Reactiva (SAPR). La información del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas debe ser utilizada para medir la eficiencia y eficacia de la gestión de las compras y contrataciones por parte de las instituciones contratantes. A tales fines, la Dirección General de Contrataciones Públicas formaliza y opera el Sistema de Alerta Preventiva y Reactiva (SAPR), el cual recolecta, analiza e interpreta la totalidad de los datos generados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. Párrafo. Las notificaciones generadas por el Sistema de Alerta Preventiva y Reactiva (SAPR) deben ser remitidas automáticamente a las…
Evaluación técnica — documentación legalEfecto de que la declaración jurada subsanada no incluya la referencia del proceso
La omisión de la referencia se había usado para inhabilitar a Faroma y Lusem.
El informe rectificativo considera que la omisión no afecta la validez ni el contenido sustancial y no basta para mantener la inhabilitación; Faroma queda habilitada y la habilitación de Lusem queda pendiente de debida diligencia.
RelajaQuita un control: Se deja de exigir como causal excluyente la referencia del proceso en la declaración jurada, reduciendo el control de vinculación documental de esa declaración con el procedimiento.
Evaluación técnica — subsanación de InssaDeterminación del plazo de recepción de documentos subsanables
La evaluación anterior registró la documentación de Inssa remitida el 18 de agosto como fuera del plazo y la dejó no habilitada.
Tras la reevaluación, el informe considera que los documentos fueron remitidos dentro del plazo y recomienda habilitar a Inssa para la apertura económica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
No remitió la documentación subsanable solicitada dentro del plazo.
No habilitado
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Lusem Consulting, S.R.L.La decisión sobre su habilitación para apertura económica queda suspendida hasta que concluya la debida diligencia.
Mencionado
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Constructora e Inmobiliaria Faroma, S.R.L.La rectificación considera que la omisión de la referencia del proceso en la declaración jurada no basta para mantener su inhabilitación; queda habilitada para apertura económica.
Habilitado por vía extraordinaria
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Ortingsa, S.R.L.Cumplió los requerimientos legales, financieros y técnicos; habilitada para apertura económica.
Habilitado
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Alcotan Dominicanos, S.R.L.Cumplió los requerimientos legales, financieros y técnicos; habilitada para apertura económica.