El Acta núm. 237-2026, fechada el 9 de septiembre de 2026, corrige la vigencia contractual a 42 meses desde la suscripción y modifica los plazos y momentos de pago, manteniendo un anticipo del 30% para adjudicatarios MIPYMES. Sin embargo, el documento trata una licitación de brigadas técnicas EDEESTE-CCC-LPN-2026-0002, no el proceso de 2025 sobre el sistema de turnos indicado en los datos del expediente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El expediente suministrado identifica una licitación de 2025 para adquirir un sistema de turnos; el acta se refiere a una licitación de 2026 para contratar brigadas técnicas. Debe verificarse su vinculación y ubicación en el expediente antes de atribuirle efectos sobre el proceso de sistema de turnos.
“ACTO ADMINISTRATIVO SOBRE INCIDENCIA Y ERROR HUMANO COMETIDO EN EL PLIEGO DE CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL PROCESO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PARA LA CONTRATACIÓN DE BRIGADAS TÉCNICAS PARA SERVICIOS DE PODA, MANTENIMIENTO DE REDES, ALUMBR”
Aunque el objeto que resuelve es corregir el pliego, el acta también menciona documentar y regularizar servicios prestados durante un período sin cobertura contractual, sin identificar aquí esos servicios ni el período. Conviene verificar si esa referencia tiene relación con esta licitación o si corresponde a otro asunto.
“actuaciones que corresponden al Comité de Compras y Contrataciones para documentar, verificar y regularizar situaciones derivadas de la prestación efectiva de servicios durante un período sin cobertura contractual”
Sección III, numeral 4: Vigencia del contratoDuración y comienzo de vigencia
La vigencia era de «cuarenta y dos (42)» para todos los lotes, sin unidad temporal expresa, desde la suscripción y activación según el cronograma de ejecución.
La vigencia se fija en 42 meses para todos los lotes, a partir de la fecha de suscripción.
Aclara
Sección III, numeral 10: Condiciones de pago, retenciones y facturaciónPlazos y condiciones de pago
Pago mensual en un plazo no mayor de «sesenta (30) días hábiles» desde la certificación del contrato. Para MIPYMES, anticipo del 30% dentro de 30 días desde la certificación; el 70% restante se pagaría contra factura en 30 días calendario desde aprobación y certificación de satisfacción.
Pago mensual en un plazo no mayor de 30 días calendario desde la factura de los servicios del mes, después de certificarse el contrato. Para MIPYMES se mantiene el anticipo del 30%; el 70% restante se pagará en 30 días calendario desde la factura de los servicios del mes.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona