La Enmienda núm. 2, fechada el 12 de marzo de 2025, modifica el pliego de la licitación EDEESTE-CCC-LPN-2025-0002. Mantiene el presupuesto base en RD$27,516,794.00 y añade un parámetro de 15% para identificar ofertas posiblemente temerarias; también fija condiciones de ejecución, vigencia de ofertas y garantías, un criterio de desempate y anuncia una modificación a la ficha de pantallas cuyo contenido no se reproduce. En el contexto del proceso, GEISA fue adjudicada por RD$21,760,015.26, monto inferior en más de 15% al presupuesto base.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda sitúa el umbral en ofertas más de 15% por debajo del presupuesto base de RD$27,516,794.00 (menos de RD$23,389,274.90). Según el acta de adjudicación del 4 de julio de 2025 incluida en el contexto, GEISA fue adjudicada por RD$21,760,015.26, por debajo de ese umbral; corresponde verificar si se aplicó el análisis y el debido proceso previstos para determinar si el precio era sustentable, pues la enmienda no establece una descalificación automática.
“Si el precio de la oferta es inferior en más de un quince por ciento (15%) en relación con el monto del contrato o valor referencial del ítem, o del monto general, se considerará no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cu”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
La enmienda exige vigencia hasta 20 días después de la fecha prevista para la firma, pero también indica que vence con la suscripción prevista para el 1 de julio de 2025. La diferencia deja incierto el período de cobertura exigido a todos los oferentes.
“que esté vigente hasta veinte (20) días después de la fecha prevista en el cronograma para la suscripción del contrato… Con una vigencia hasta el hasta la suscripción del contrato en fecha martes (1) de julio del año 2025.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 192 · Reglamento 416-23, art. 197 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 192 — Objetivo de las garantías
Artículo 192. Objetivo de las garantías. con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de selección, las instituciones contratantes exigirán a los oferentes y adjudicatarios, mediante el pliego de condiciones de cada procedimiento, la constitución de garantías en la forma y montos definidos por la ley y el presente reglamento. Párrafo I. Las modalidades de garantía permitidas son la garantía bancaria y la póliza de seguro y deberán ser incondicionales, irrevocables y renovables. Para el caso de MIPYMES, solo será exigida la fianza de seguro. Párrafo II. El pliego de condiciones establecerá el plazo de…
Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
La enmienda fija la vigencia de las ofertas hasta la suscripción prevista para el 1 de julio de 2025, mientras que el acta de adjudicación del proceso está fechada el 4 de julio de 2025, según el contexto. Conviene verificar si antes del vencimiento se solicitó y obtuvo una prórroga de la oferta y de su garantía, pues el artículo 22 contempla la prórroga y la renovación de la garantía.
“Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes hasta la suscripción del contrato en fecha martes (1) de julio del año 2025.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 22 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 22
ART. 22. La propuesta tendrá validez durante el periodo que se señale en el pliego de condiciones; no obstante, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la entidad podrá solicitar una prórroga de duración determinada. El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el proceso. Para que la oferta se estime prorrogada se requiere que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, determinándose que quien no entregue la garantía prorrogada no será considerado en el proceso.
Numeral 4 — Presupuesto base o valor referencialParámetro para detectar ofertas no sustentables o temerarias
El contenido previo del numeral 4 no se reproduce en el documento.
Establece que una oferta más de 15% inferior al valor referencial del ítem o al monto general podrá considerarse no sustentable o temeraria y ser objeto de descalificación, previo el debido proceso del artículo 130 del Reglamento 416-23.
Endurece
Numeral 6 — Tiempo de ejecución del servicioPlazo y punto de inicio de la ejecución
El texto anterior del numeral no se reproduce en el documento.
La entrega total y conforme deberá ejecutarse en un plazo no mayor de un año desde la suscripción y certificación del contrato en la Contraloría, según el cronograma de trabajo aprobado por EDEESTE.
Aclara
Numeral 15 — Plazo de mantenimiento de ofertaVigencia de las ofertas
El texto anterior del numeral no se reproduce en el documento.
Las ofertas deben permanecer vigentes hasta la suscripción del contrato prevista para el 1 de julio de 2025.
Aclara
Numeral 16 — Garantía de seriedad de la ofertaMonto, moneda, emisor y vigencia de la garantía
El texto anterior del numeral no se reproduce en el documento.
Exige garantía bancaria o póliza de seguro por 1% de la oferta, en pesos dominicanos y emitida por entidad autorizada; el numeral establece vigencia hasta 20 días después de la fecha prevista para suscribir, pero su inciso d indica vigencia hasta la suscripción del 1 de julio de 2025.
Aclara
Numeral 26 — Desempate de ofertasCriterio de desempate
El texto anterior del numeral no se reproduce en el documento.
Da preferencia a la oferta que incluya contratación de personas con discapacidad, con constancia inequívoca; si ninguna cumple un criterio de preferencia, dispone sorteo público ante el comité y notario.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona