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Abriendo la ficha…

Informe justificativo

3. INFORME JUSTIFICATIVO DA.DGA.1192-2026-PEIN-0094.pdf

CONTRATACIÓN DEL ALQUILER DE INMUEBLE PARA REUBICAR Y ALBERGAR EL SEGUNDO CICLO DEL NIVEL INICIAL DEL CENTRO EDUCATIVO DR. JOSÉ FRANCISCO PEÑA GÓMEZ, DISTRITO EDUCATIVO 04-01, SAN CRISTOBAL. · Ministerio de Educación

Publicado el 4 sept de 2026Fechado el 19 jul de 20263 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MINERD-CCC-PEIN-2026-0094

Lo que dice

El informe, fechado el 20 de julio de 2026, justifica recurrir a la excepción de proveedor único para arrendar inmuebles destinados a centros educativos, oficinas y almacenes del MINERD, y vincula esa justificación con el inmueble propuesto para el segundo ciclo del nivel inicial del Centro Educativo Dr. José Francisco Peña Gómez. Identifica a María Altagracia Mota de Solano como titular y a Mario Vicente Solano Pérez como representante; describe un inmueble de 2,490.21 m² con nueve aulas. El documento justifica la modalidad de excepción, pero no consigna una adjudicación ni un monto contractual.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (1)

A revisarHallazgo en documentosRD$11.7 millones

La justificación de proveedor único no acredita la falta de alternativas

Documento del 4 sept 2026 · hace 1 mes

El informe extiende la conclusión de proveedor único a los alquileres del Ministerio y fundamenta este caso en proximidad y adecuación, pero no presenta evidencia comparativa de mercado que sustente la inexistencia de sustitutos razonables. El Reglamento prevé para el arrendamiento de inmuebles una convocatoria pública como regla y la selección directa solo excepcionalmente; según el portal, este proceso tiene un monto estimado de RD$11,743,737.60.

“El Ministerio de Educación se ve en la obligación de realizar las contrataciones mediante proceso de excepción porproveedor único, debido a que los espacios a contratar deben contar con una proximidad de los centros educativos que se contra”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 151 · Reglamento 52-26, art. 163 · Reglamento 52-26, art. 166 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción

Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal

Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos

Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…

Ver todos los detalles →

Oferentes que registra (2)

2 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Mario Vicente Solano PérezIdentificado en el informe como representante de los titulares del inmueble; el documento no consigna su estado como oferente ni una adjudicación.MencionadoLote único—
María Altagracia Mota de SolanoIdentificada en el informe como titular del inmueble; el documento no consigna su estado como oferente ni una adjudicación.MencionadoLote único—

Otros documentos del proceso (13)

  • 1. ACTO ADM. NO.168 PEIN-2026-0094.pdfPliego · 4 sept de 2026 · 1 señal
  • 1.1 ACTO ADM. NO.pdfResolución · 4 sept de 2026
  • 4. ESTUDIO PREVIO ALQUILERES.pdfEstudio previo · 4 sept de 2026
  • 5. INFORME DEL INMUEBLE LEVANTAMIENTO PEIN-0094.pdfDocumento · 4 sept de 2026 · 2 señales
  • 6. TITULO DA.DGA.1192-2026-PEIN-0094.pdfDocumento · 4 sept de 2026 · 1 señal
  • 7. FICHA TECNICA DA.DGA.1192-2026-PEIN-0094.pdfPliego · 4 sept de 2026
  • PLIEGO DE CONDICIONES -PEIN-2026-0094.pdfPliego · 4 sept de 2026 · 1 señal
  • FORMULARIO.zipDocumento · 8 sept de 2026
  • MODELO DE CONTRATO.zipContrato · 8 sept de 2026
  • SOLICITUD DE COMPRA PEIN-2026-0094.pdfSolicitud de compra · 8 sept de 2026
  • PLIEGO DE CONDICIONES -PEIN-2026-0094.pdfPliego · 8 sept de 2026 · 2 señales

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

ACTA DE ADJUDICACION PEIN-2026-0094.pdf
Acta de adjudicación · 30 sept de 2026 · 2 señales
  • Informe final del portalDocumento · —