La solicitud de propuesta del 4 de septiembre de 2026 invita a LEXFILIA, S.R.L. y a Rodríguez Corniel Fernández Abogados, S.R.L. a presentar ofertas para servicios legales por contratación directa de excepción, con una vigencia prevista de 12 meses desde el 17 de septiembre. El proceso tiene un monto estimado de RD$7,804,500 y el portal registra ofertas de RD$3,319,500 y RD$4,485,000, respectivamente. Este documento solicita propuestas y no decide la adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud contempla ejecutar una garantía de seriedad de oferta si el adjudicatario no constituye la garantía de fiel cumplimiento, aunque el Reglamento dispone que en procedimientos de excepción por selección directa no se requiere garantía de mantenimiento y seriedad. La referencia puede crear incertidumbre sobre si se exige esa garantía.
“La no comparecencia del Oferente Adjudicatario a constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de la Orden de Compra se entenderá que renuncia a la Adjudicación y se procederá a la ejecución de la Garantía de Seriedad de la Oferta y a las”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 201 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 201 — Garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 201.- Garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta es aquella que se constituye a favor del ente u órgano contratante, a fin de asegurar el mantenimiento y la seriedad de las condiciones técnicas y de los precios de la propuesta presentada, hasta la suscripción del contrato. Párrafo. En los sorteos de obras, la subasta inversa y en los procedimientos de excepción por selección directa no se requiere la presentación de garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. En los casos de emergencia nacional, las instituciones contratantes deben determinar la razonabilidad de requerir o no este tipo de garantía, considerando el…
La solicitud fija el cierre electrónico a las 2:30 a. m. del 9 de septiembre, pero admite propuestas físicas hasta las 9:00 a. m.; el portal registra el cierre a las 14:30. La discrepancia entre canales puede generar incertidumbre sobre el plazo efectivo de participación.
“Su oferta debe ser presentada antes del miércoles 9 de septiembre del 2026, hora de las 2:30 a.m. … desde viernes 4 de septiembre 2026 a partir de 12:00pm, hasta el miércoles 9 de septiembre 2026 a las 9:00 am”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Reglamento 52-26, artículo 87 — Cronograma de actividades y plazos
Artículo 87.- Cronograma de actividades y plazos. El pliego de condiciones aprobado para un procedimiento de selección de proveedores debe incluir un cronograma de actividades con los plazos y fechas límites para las distintas actuaciones, tomando en cuenta las condiciones temporales previstas por la Ley núm. 47-25 para la presentación de propuestas, aclaraciones, adendas o enmiendas, subsanación y aclaración de ofertas, entre otros aspectos.
El documento indica que basta depositar la solicitud de inscripción al RPE para los interesados que aún no estén inscritos, sin precisar que deban completar la inscripción antes de participar. La ley y el reglamento establecen la inscripción como requisito previo para participar como oferente; conviene verificar cómo se aplicó esta condición.
“Depósito de la solicitud de inscripción del Registro de Proveedor del Estado (RPE) o de inclusión del rubro del proceso (Requisito solo aplicable para los interesados, que no se encuentran inscritos en el RPE o no contiene el rubro del proc”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 41 · Reglamento 52-26, art. 60 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 41 — Deberes de los interesados en participar como oferentes
Artículo 41.- Deberes de los interesados en participar como oferentes. Las personas físicas o jurídicas interesadas en participar como oferentes en los procedimientos de contratación previstos en la presente ley deberán estar inscritas en el Registro de Proveedor del Estado, administrado y operado por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán los requisitos y el procedimiento de inscripción como proveedor del Estado, indicando la documentación requerida para acreditar la capacidad jurídica, la actividad económica del interesado, el cumplimiento de las obligaciones fiscales, laborales y de la seguridad social,…
Artículo 60.- Oferentes. Pueden participar como oferentes en los procedimientos de contratación pública las personas físicas y jurídicas establecidas en el artículo 35 de la Ley núm. 47-25, siempre y cuando se encuentren inscritas en el Registro de Proveedor del Estado y no se encuentren incursas en alguna de las causas de inhabilidad previstas en la ley citada.
La solicitud fija la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento en 12 meses desde el 17 de septiembre de 2026, igual al plazo contractual previsto. El Reglamento establece que debe mantenerse hasta la liquidación del contrato, que puede producirse después del período de prestación.
“La vigencia de la garantía del fiel cumplimiento del Contrato deberá ser por doce (12) meses, contados a partir del diecisiete (17) de septiembre del año 2026.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 208 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 208 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 208.- Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento debe mantenerse vigente hasta la liquidación del contrato, orden de compra u orden de servicio. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía debe mantenerse vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas o desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. De existir fallas o desperfectos debidamente demostrados y notificados al adjudicatario, y este se negare a repararlos, debe ejecutarse la garantía. Párrafo II. Cuando la prestación del servicio o la entrega del bien u obra no vaya a realizarse en la fecha prevista, el proveedor debe prorrogar…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona