El informe plantea regularizar servicios que ya se prestaban
· hace 1 mes
El informe indica que las oficinas ya prestaban servicios al momento de elaborarse y que se busca regularizar el contrato. Aunque refiere un contrato suscrito anteriormente y fija el nuevo período desde el 17 de septiembre, conviene verificar la vigencia y el alcance de ese contrato previo y distinguirlos de la ejecución del nuevo período; el texto no prueba por sí solo que este último comenzara antes de formalizarse.
“El objetivo de este proceso es iniciar los trámites para efectuar la regularización del Contrato Servicios Legales, suscrito con la oficina de abogados externos, aunque estas se encuentran prestando sus servicios en EDENORTE DOMINICANA, S.A”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
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