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Abriendo la ficha…

Pliego · Acta 165-2026

PLIEGO CONTRATACION DE FARMACIAS AMBULATORIAS MISPAS-CCC-PEEX-2026-0003.pdf

CONTRATACIÓN DE FARMACIAS AMBULATORIAS · Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social

Publicado el 1 sept de 202642 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MISPAS-CCC-PEEX-2026-0003

Lo que dice

El pliego establece las condiciones para contratar servicios de farmacias ambulatorias por exclusividad, con presupuesto base de RD$60,000,000 y vigencia del servicio de un año. Fija la recepción de ofertas para el 8 de septiembre de 2026 y la adjudicación prevista para el 2 de octubre; incluye requisitos técnicos, evaluación cumple/no cumple y selección según el descuento ofertado para medicamentos generales.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Se exige garantía de seriedad también a oferentes MIPYMES

Documento del 1 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego exige a los oferentes una garantía de seriedad del 1% y solo flexibiliza para MIPYMES el tipo de garantía. La Ley 47-25 establece que no se requiere garantía de seriedad de oferta para estas empresas; la exigencia puede añadirles una barrera de participación.

“los oferentes/ proponentes deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta, que esté vigente hasta veinte (20) días después de la fecha prevista en el cronograma para la suscripción del contrato”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES

Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

La regla de accionistas comunes excluye empresas distintas

Documento del 1 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego prohíbe que participen simultáneamente empresas que coincidan en cualquier socio o accionista y obliga a escoger una sola. La prohibición legal de multiplicidad de participación se refiere a una misma persona oferente y a miembros de consorcios, no establece una exclusión general de sociedades distintas por compartir un socio.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación

Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

El pliego anuncia apertura económica en dos fechas distintas

Documento del 1 sept 2026 · hace 1 mes

El cronograma ubica la apertura de los sobres A y B el 8 de septiembre, pero el mismo cronograma fija la apertura económica para el 22 de septiembre y el texto posterior dice que el sobre B se abrirá en esa fecha. La discrepancia puede generar incertidumbre sobre cuándo se conocerán las ofertas económicas y cuál fecha deben seguir los participantes.

“Apertura de las Ofertas Técnicas "Sobre A" y "Sobre B" (oferta económica) 8 de septiembre del ario 2026 a las 10:30 a.m.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 113 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 113 — Apertura de ofertas

Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…

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A revisarHallazgo en documentos

Se rechazan ofertas electrónicas aunque la ley admite ambos medios

Documento del 1 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego configura la recepción en papel y dispone que las propuestas enviadas por el SECP se remitan a los peritos para informar incumplimiento. Esto excluye de antemano el canal electrónico que la Ley 47-25 contempla como alternativa al soporte físico.

“Las propuestas recibidas en formato electrónico vía el SECP, serán remitidas a los peritos evaluadores correspondientes, a los fines de que los mismos realicen sus informes indicando el incumplimiento de lo dispuesto en el presente Pliego d”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 105 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 105 — Presentación de propuestas

Artículo 105.- Presentación de propuestas. Los oferentes deberán presentar sus propuestas por vía electrónica, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, o en soporte físico. Párrafo I.- Deberá garantizarse la confidencialidad de las propuestas hasta el momento de su apertura, en la fecha y hora fijado por el pliego de condiciones. Párrafo II.- Las propuestas presentadas fuera del plazo fijado para su recepción se considerarán irrecibibles. Párrafo III.- Al momento de preparar los documentos que conforman sus propuestas técnicas y económicas, los oferentes deberán hacer constar en sus propuestas cuáles informaciones deben ser consideradas como confidenciales, con la…

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ContextoHallazgo en documentos

Criterio de adjudicación menciona lotes en un proceso global

Documento del 1 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego indica que se adjudicará al mayor descuento porcentual «por lote ofertado», aunque presenta un solo ítem, exige una oferta global y el portal registra que el proceso no está dividido en lotes. Aunque luego precisa que se evalúa el descuento de medicamentos generales, conviene aclarar cómo se aplica el criterio sin lotes.

“que presente mayor descuento porcentual por lote ofertado”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

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Otros documentos del proceso (18)

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  • SNCC_D038_Garantia_GFC.docxDocumento · 1 sept de 2026
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  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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