El acta núm. 0399-2026, de fecha 2026-08-25, aprueba el informe definitivo de evaluación económica del proceso de subasta inversa INABIE-CCC-SI-2026-0005 y adjudica a Viamar, S.A. cuatro camionetas Ford Ranger XLT 2026 por RD$16,672,000. El acta consigna que solo se recibió una propuesta habilitada; el monto adjudicado quedó RD$3,000 por debajo del estimado de RD$16,675,000.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra una única propuesta habilitada y adjudica RD$16,672,000 frente a un estimado de RD$16,675,000: una diferencia de RD$3,000, aproximadamente 0.018%. El Reglamento permite adjudicar directamente si solo existe un oferente conectado, pero la falta de puja reduce la evidencia de competencia efectiva y amerita revisar la participación y la razonabilidad del precio.
“yconsiderando que, tras la etapa de recepción de ofertas, únicamente se recibió una propuesta la cual resultó habilitada para la evaluación de su oferta económica inicial”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Reglamento 52-26, art. 139 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Reglamento 52-26, artículo 139 — Condiciones de la puja electrónica y adjudicación
Artículo 139.- Condiciones de la puja electrónica y adjudicación. Solo pueden participar en la puja electrónica aquellos oferentes cuya propuesta técnica y económica inicial hayan sido habilitadas por cumplir con lo establecido en el pliego de condiciones. Párrafo I. Para la puja se requiere que al menos dos oferentes hayan sido habilitados y estén conectados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, conforme al día y la hora prevista en el cronograma de actividades. Párrafo II. Debe adjudicarse al oferente que haya presentado el menor precio dentro del tiempo de la puja. Párrafo III. Si solo existiese un oferente conectado con una oferta inicial presentada, la institución puede…
El acta adjudica a Viamar, mientras que el dato del portal suministrado marca su oferta como «Cargada / Pendiente»; el estado general del proceso sí figura adjudicado y celebrado. Puede tratarse de un registro de oferta desactualizado, pero conviene verificar su actualización y trazabilidad en el sistema.
“SEGUNDA RESOLUCIÓN: ADJUDICA al oferente VIAMAR, S.A.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 47 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 47 — Uso y gestión de la información
Artículo 47.- Uso y gestión de la información. Toda información generada o incorporada al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas tiene validez jurídica y fuerza probatoria, siempre que se produzca conforme a los parámetros de autenticidad, integridad, inalterabilidad y conservación definidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Las instituciones contratantes deben: 1. Registrar oportunamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas todas las actuaciones administrativas de los procedimientos de contratación, incluyendo los documentos técnicos, jurídicos y financieros, así como aquellos vinculados a la ejecución y liquidación de los contratos. 2. Mantener…
Viamar, S.A.El acta indica que cumplió los criterios de evaluación técnica y económica y recomienda su adjudicación al ser la única propuesta recibida y habilitada.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona