El Acta núm. 0248-2026, de fecha 2026-07-06, aprueba la primera enmienda a la ficha técnica del proceso INABIE-CCC-SI-2026-0005 para adquirir unidades vehiculares. Entre otros cambios, reduce la transmisión automática mínima de 8 a 6 velocidades y flexibiliza requisitos de equipamiento, iluminación, dirección asistida y seguridad.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce requisitos verificables de transmisión y equipamiento del vehículo, incluida la exigencia de barras antivuelco.; Se amplían las configuraciones aceptables y se elimina como requisito obligatorio la bolsa de aire de rodilla.; Reduce mínimos técnicos verificables y convierte varios elementos de equipamiento en opcionales.; Amplía las configuraciones admisibles del equipo especificado..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La enmienda aprobada el 6 de julio flexibiliza varios requisitos técnicos y, según el cronograma del portal, el cierre se mantuvo el 8 de julio: quedaron dos días calendario para que los interesados ajustaran sus propuestas. Conviene verificar si, atendiendo al momento y alcance de los cambios, se amplió el plazo de forma proporcional; la regla exige hacerlo si la modificación se realiza después del 75 % del plazo de presentación.
““Transmisión automática de 8 velocidades Mínimo. … Transmisión automática de 6 velocidades Mínimo.””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · Reglamento 52-26, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Reglamento 52-26, artículo 87 — Cronograma de actividades y plazos
Artículo 87.- Cronograma de actividades y plazos. El pliego de condiciones aprobado para un procedimiento de selección de proveedores debe incluir un cronograma de actividades con los plazos y fechas límites para las distintas actuaciones, tomando en cuenta las condiciones temporales previstas por la Ley núm. 47-25 para la presentación de propuestas, aclaraciones, adendas o enmiendas, subsanación y aclaración de ofertas, entre otros aspectos.
Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
Ficha técnica – motorización y transmisiónRequisitos mínimos de motor y transmisión
Motor diésel mínimo 2.0 L; se admitía Bi-Turbo. Transmisión automática mínima de 8 velocidades; barras antivuelco obligatorias.
Se permite motor turbo o Bi-Turbo; transmisión automática mínima de 6 velocidades; barras antivuelco opcionales.
RelajaQuita un control: Reduce requisitos verificables de transmisión y equipamiento del vehículo, incluida la exigencia de barras antivuelco.
Ficha técnica – dirección, iluminación y seguridadDirección asistida, luces y bolsas de aire
Dirección asistida eléctrica; luces delanteras LED; mínimo 6 bolsas de aire, incluida la de rodilla.
Dirección asistida eléctrica y/o hidráulica; luces delanteras halógenas y/o LED; bolsa de aire de rodilla opcional.
RelajaQuita un control: Se amplían las configuraciones aceptables y se elimina como requisito obligatorio la bolsa de aire de rodilla.
Ficha técnica – equipo y componentesPantalla, frenos y accesorios
Pantalla de infoentretenimiento de mínimo 10 pulgadas; frenos traseros de tambor; rack de techo, antena y puerto tipo C requeridos.
Pantalla de mínimo 8 pulgadas; frenos traseros de tambor y/o discos traseros opcionales; rack de techo, antena y puerto tipo C opcionales.
RelajaQuita un control: Reduce mínimos técnicos verificables y convierte varios elementos de equipamiento en opcionales.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona