La empresa alega que su reconsideración seguía pendiente al inhabilitarla
· hace 1 mes
SOLANO LORA SOLUCIONES DIVERSAS, S.R.L. alega que el SNS no había decidido su solicitud del 12 de agosto sobre el ítem técnico 6 antes de comunicar la inhabilitación del 31 de agosto, basada también en ese ítem. El escrito no acredita por sí solo el estado del trámite ni establece que la institución incumpliera el plazo aplicable, pero la secuencia y la incidencia del ítem en la habilitación ameritan verificar el expediente y las notificaciones.
“No obstante las comunicaciones y seguimientos realizados, nuestra empresa no recibió una decisión respecto de la Solicitud de Reconsideración de Evaluación Técnica y Habilitación del 12 de agosto de 2026 antes de producirse la inhabilitació”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 204 · Ley 47-25, art. 206 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 204 — Recurso de reconsideración
Artículo 204.- Recurso de reconsideración. Toda actuación recurrible en virtud de la presente ley deberá, en primer lugar, ser impugnada mediante un recurso de reconsideración ante el órgano responsable del proceso.
Ley 47-25, artículo 206 — Tramitación, instrucción y decisión del recurso
Artículo 206.- Tramitación, instrucción y decisión del recurso. Una vez se efectúe el apoderamiento del recurso, el procedimiento a agotar es el siguiente: 1) Si se verifica alguna causa de inadmisibilidad del recurso, se procederá a declararla de oficio de manera previa a la notificación de las demás partes interesadas; 2) En caso de que no haya sido declarada de oficio la inadmisibilidad, se procederá, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la recepción del recurso, a notificar a las demás partes interesadas a través de las vías habilitadas al efecto; 3) Las demás partes interesadas contarán con un plazo de cinco (5) días hábiles a partir de la notificación del recurso, para…
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