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Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES LPN-2026-0003.pdf

Suministro e instalación de generados eléctricos para diferentes centros de salud a nivel nacional · Servicio Nacional de Salud

Publicado el 16 jun de 202649 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso SNS-CCC-LPN-2026-0003

Lo que dice

El pliego establece las condiciones de la Licitación Pública Nacional SNS-CCC-LPN-2026-0003 para suministrar e instalar generadores eléctricos en centros de salud; fija un valor referencial total de RD$32,200,000, distribuido en tres ítems. El cronograma señala el 30 de julio de 2026 para recibir y abrir las ofertas técnicas, y el 25 de septiembre de 2026 para adjudicar. Entre las reglas figuran evaluación técnica y económica, requisitos financieros y técnicos y un anticipo de 20%, o de 30% para adjudicatarios MIPYMES.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Criterios económicos contradictorios en el pliego

Documento del 16 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego describe la evaluación económica como cumple/no cumple y establece adjudicar al menor precio, pero otra tabla prevé puntaje para la oferta económica y deja sin completar la calificación. Esta discordancia deja incierto cómo se compararán las ofertas y se determinará la adjudicación.

“La evaluación de las ofertas económicas será bajo la metodología … cumple/ No cumple] Oferta económica presentada en pesos dominicanos (RD$). | Formulario de Oferta Económica SNCC.F.033 presentado | Puntaje | [Insertar calificación”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Requisito técnico incluido en evaluación, pero no en la lista de documentos

Documento del 16 jun 2026 · hace 3 meses

La tabla de evaluación técnica incorpora un plan de trabajo de prestaciones accesorias que no figura como documento requerido en la lista técnica del numeral 11.1. El propio pliego limita la documentación exigible a la indicada en esa sección, por lo que la diferencia puede incidir en la habilitación de oferentes.

“No podrá exigirse a los oferentes presentar documentos que no hayan sido indicados en esta sección … 6. Plan de trabajo de las prestaciones accesorias (mantenimiento, capacitación, reparación, transporte, entrega, seguros), según”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

A revisarHallazgo en documentos

Anticipo MIPYME sujeto a solicitud y plazo posterior

Documento del 16 jun 2026 · hace 3 meses

Para adjudicatarios MIPYMES, el pliego condiciona el anticipo a una solicitud formal y prevé el desembolso dentro de los treinta días posteriores al registro contractual o a la firma, según la sección. La Ley establece un anticipo del 30% con la suscripción, por lo que corresponde verificar que estas condiciones no retrasen ni condicionen el beneficio previsto.

“En caso de que el adjudicatario sea una Micro, Pequeña o Mediana Empresa (MIPYME), solo será requerida la póliza de fianza, y el monto del anticipo será de un treinta por ciento (30%), en cumplimiento de lo establecido en el artículo 174 de”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

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A revisarHallazgo en documentos

Experiencia exigida en tres proyectos de la misma magnitud

Documento del 16 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego requiere acreditar experiencia en al menos tres proyectos de referencia de la misma magnitud, sin precisar en ese requisito cómo se determina la magnitud. Para un proceso con valor referencial de RD$32,200,000, conviene revisar si el umbral exigido es proporcional al objeto y está sustentado técnicamente.

“Formulario SNCC.D.049, sobre la Documentación que avale la experiencia del proveedor en por lo menos tres (03) proyectos de referencia de la misma magnitud. En formato no editable.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

El pliego vincula el perfeccionamiento del contrato a su publicación

Documento del 16 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego dice que el contrato se perfecciona cuando se publica en los portales, aunque la Ley dispone que se perfecciona con su formalización. La diferencia puede generar incertidumbre sobre cuándo nacen los efectos contractuales y cuándo comienza la ejecución.

“El contrato se considerará perfeccionado una vez se publique por el SECP-Portal Transaccional y en el portal institucional del Servicio Nacional de Salud, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su suscripción y, además, en ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 132 · Reglamento 52-26, art. 179 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 132 — Perfección del contrato

Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 179 — Formalización del contrato

Artículo 179.- Formalización del contrato. Todos los contratos deben constar por escrito, en soporte físico o digital, y cumplir con todos los requisitos previstos en la Ley núm. 47-25. Los contratos en formato digital deben utilizar mecanismos de firma electrónica o firma digital reconocidas, conforme a la normativa sobre comercio electrónico. Párrafo. La inclusión de cláusulas de renovación automática en los contratos administrativos celebrados entre las instituciones contratantes y los proveedores no tendrá ningún efecto ni validez jurídica.

Texto oficial completo

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Otros documentos del proceso (25)

  • Acta de inicio 054-2026 LPN-2026-0003.pdfInforme pericial · 16 jun de 2026 · 3 señales
  • CONVOCATORIA.pdfActa · 16 jun de 2026 · 1 señal
  • estudios previos.pdfEstudio previo · 16 jun de 2026 · 1 señal
  • informe sobre la adquisición de Generadores Electricos.pdfDocumento · 16 jun de 2026
  • periodico El Caribe-15-6-2026.pdfDocumento · 16 jun de 2026
  • periodico El Caribe-16-6-2026.pdfDocumento · 16 jun de 2026
  • Periodico Listín Diario 15-06-2026.pdfDocumento · 16 jun de 2026
  • Periodico Listín Diario 16-06-2026.pdfDocumento · 16 jun de 2026
  • REQUERIMIENTO EI-DIE-0129-2026 SUMINISTRO E INST. DE PLANTAS ELECTRICAS.pdfDocumento · 16 jun de 2026
  • SNCC.D.001 Solicitud de Compra o contratación.pdfSolicitud de compra · 16 jun de 2026 · 1 señal
  • Ficha Tecnica 1.pdfPliego · 16 jun de 2026 · 2 señales

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Ficha Tecnica 2.pdfPliego · 16 jun de 2026
  • Ficha Tecnica 3.pdfPliego · 16 jun de 2026
  • fomularios.rarDocumento · 16 jun de 2026
  • Acta de inicio 054-2026 LPN-2026-0003.pdfPliego · 16 jun de 2026 · 1 señal
  • CIRCULAR DE RESPUESTA LPN-2026-0003.pdfCircular · 15 jul de 2026 · 1 señal
  • CIRCULAR INFORMATIVA.pdfCircular · 20 jul de 2026
  • Impugnación de la Circular de Respuestas y solicitud de modificación de la especificación.pdfReconsideración · 27 jul de 2026
  • DEPART~1.PDFDocumento · 29 jul de 2026
  • DEPART~1.PDFDocumento · 29 jul de 2026
  • ACTA EXTRAORDINARIA RESPUESTA SOLANO LORA.pdfActa · 19 ago de 2026 · 1 señal
  • ACTA 136-2026 APROBACION INFORME LPN-2026-0003.pdfInforme de evaluación · 31 ago de 2026 · 1 señal
  • INFORM~3.PDFInforme de evaluación · 31 ago de 2026 · 3 señales
  • SOLICITUD DE REVISIÓN DE INHABILITACIÓN Y CONSTANCIA DE SOLICITUD DE RECONSIDERACIÓN Y HABILITACIÓN PENDIENTE DE RESPUESTA.pdfReconsideración · 1 sept de 2026 · 1 señal
  • ACTA EXTRAORDINARIA 0007-2026 REPUESTA SOLANO LORA.pdfReconsideración · 14 sept de 2026 · 1 señal