El pliego enmendado de CORAASAN regula la licitación pública nacional CORAASAN-CCC-LPN-2026-0027 para adquirir nueve tipos de vehículos, por un valor referencial de RD$361,614,283.00, y establece adjudicación por ítem. La versión transcrita fija la recepción de ofertas para el 18 de septiembre de 2026, mientras que el cronograma del portal indica el 28 de septiembre; el portal también muestra el proceso como cancelado. El documento prevé pagos hasta 60 días después de la presentación de la factura conforme.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El procedimiento no se divide en lotes y exige ofertar todas las cantidades, mientras que para la capacidad financiera fija solvencia mínima de 1.7 y liquidez corriente mínima de 1.5, además de endeudamiento menor que 1.0. Por el valor referencial de RD$361,614,283, conviene revisar que esos umbrales sean proporcionales al objeto y estén sustentados en los estudios previos.
“Límite establecido: Mayor o igual que > 1.7 (Cumple … Límite establecido: Mayor o igual que > 1.5 (Cumple”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
El pliego permite pagar hasta 60 días después de recibir la factura conforme. La Ley 47-25 fija un máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento; conviene verificar y armonizar el plazo contractual.
“Estos pagos se harán en un período no mayor de sesenta (60) días contando a partir de que el proveedor remita la factura conforme a los bienes adjudicados.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
La cláusula indica que a las MIPYMES se les exigirá una fianza de seguro, aunque la Ley 47-25 dispone que no se requiere garantía de seriedad de oferta para estas empresas. La condición puede imponer un costo y una carga de participación adicionales.
“Si se trata de un oferente certificado como MIPYME solo será exigida la fianza de seguro.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
El pliego enmendado fija el cierre de ofertas el 18 de septiembre de 2026, pero el cronograma del portal registra el 28 de septiembre. La diferencia de diez días debe aclararse y verificarse cuál fecha fue publicada y comunicada a los interesados; el portal podría reflejar una actualización posterior.
“Hasta el 18 de septiembre del 2026, a las 3:00 pm”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 83 · Reglamento 52-26, art. 87 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 83 — Publicación de actos administrativos como forma sustitutiva de notificación
Artículo 83.-Publicación de actos administrativos como forma sustitutiva de notificación. La publicación de actos administrativos puede sustituir la notificación como condición de su eficacia, siempre que así se haya establecido en el pliego de condiciones y los actos tengan por destinatarios a una pluralidad indeterminada de personas o resulten de uno de los procedimientos de concurrencia competitiva previstos en la ley. En ese sentido, la publicación puede sustituir la notificación, de manera enunciativa, en los siguientes supuestos: 1. Convocatorias a procedimientos competitivos de selección de proveedores; 2. Modificaciones o aclaraciones al pliego de condiciones, adendas o prórrogas de…
Reglamento 52-26, artículo 87 — Cronograma de actividades y plazos
Artículo 87.- Cronograma de actividades y plazos. El pliego de condiciones aprobado para un procedimiento de selección de proveedores debe incluir un cronograma de actividades con los plazos y fechas límites para las distintas actuaciones, tomando en cuenta las condiciones temporales previstas por la Ley núm. 47-25 para la presentación de propuestas, aclaraciones, adendas o enmiendas, subsanación y aclaración de ofertas, entre otros aspectos.
El pliego remite al artículo 145 de la Ley 47-25, pero en el apartado de penalidades por retraso no especifica la proporción o cuantía aplicable. Conviene verificar si el mecanismo está definido en otro documento contractual, pues la ley dispone que se determine en el pliego y el contrato.
“En este apartado la institución contratante será aplicada en caso de incumplimiento del contrato, conforme al artículo 145 de la ley 47-25.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 145 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 145 — Plazo de ejecución y penalidades por demora
Artículo 145.- Plazo de ejecución y penalidades por demora. Las prestaciones previstas en el contrato deberán ejecutarse en los plazos parciales de su ejecución sucesiva y dentro del plazo total fijado. Párrafo I.- Ante incumplimiento con los plazos previstos exclusivamente atribuibles al proveedor, la institución contratante deberá ponerlo en mora, en caso de que el retraso persista, la institución contratante podrá aplicar penalidades diarias mediante la deducción de las cantidades que por concepto de pago total o parcial deban abonarse al proveedor; la proporción y determinación de estas penalidades serán determinadas en los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo II.- En todo…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona