La Enmienda núm. 1, fechada el 25 de agosto de 2026, modifica el pliego del proceso HSLM-CCC-LPN-2026-0002. Reduce el valor referencial de RD$58,531,486.96 a RD$47,972,200.00, elimina la exigencia de certificación de registro de la empresa o firma de ingeniería emitida por CODIA y enfatiza la visita técnica y la entrega de un desglose del levantamiento realizado.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda reduce el valor referencial en RD$10,559,286.96 (aproximadamente 18.04%) y consigna que la variación afecta directamente la certificación de apropiación emitida previamente. Conviene verificar que el valor revisado y la apropiación presupuestaria que respalda el procedimiento estén alineados; el documento no permite concluir por sí solo que exista una inconsistencia.
“Esta variación reduce y ajusta el techo presupuestario reservado para este proceso, afectando directamente la Certificación de Apropiación presupuestaria emitida previamente, así como también sustituye formalmente el valor referencial indic” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 92 · Ley 47-25, art. 93 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 92 — Presupuesto estimado
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la certificación de registro de la empresa o firma de ingeniería emitida por CODIA, que servía para verificar su registro..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Sección I, numeral 4: valor referencialReducción del valor referencial del proceso
RD$58,531,486.96.
RD$47,972,200.00; sustituye formalmente el valor referencial en la documentación del procedimiento.
Endurece
Sección I, numeral 11: contenido de la oferta técnicaDocumentación legal y acreditación de firma de ingeniería
Se exigía presentar certificación de registro de la empresa o firma de ingeniería emitida por CODIA.
Se deja sin efecto esa certificación y se requiere currículo con copias de las certificaciones citadas.
RelajaQuita un control: Se elimina la certificación de registro de la empresa o firma de ingeniería emitida por CODIA, que servía para verificar su registro.
Nota 1 del procedimientoVisita técnica y desglose del levantamiento
El texto de la nota previa no se reproduce en la enmienda; esta indica que procede a enfatizarla.
Los oferentes deben agendar una visita técnica para verificar transformadores, cuartos eléctricos y ductos, y entregar un desglose detallado del levantamiento realizado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona