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Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES ESPECÍFICAS.pdf

CONTRATACION DE UNA COMPAÑIA PARA LA REESTRUCTURACION DEL SISTEMA ELECTRICO DE ESTE HOSPITAL · Hospital Materno Infantil San Lorenzo de Los Minas

Publicado el 20 ago de 202638 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso HSLM-CCC-LPN-2026-0002

Lo que dice

El pliego del proceso HSLM-CCC-LPN-2026-0002 convoca una licitación pública nacional reservada a MIPYMES para reestructurar el sistema eléctrico del hospital, con valor referencial de RD$58,531,486.96 y ejecución prevista de seis meses. Establece evaluación técnica cumple/no cumple y adjudicación por menor precio, pero también contiene cláusulas contradictorias sobre el criterio de adjudicación, los plazos de entrega y pago y algunos requisitos de evaluación. El documento indica agosto de 2026, sin una fecha exacta de emisión.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentos

Prohibición ampliada por accionistas compartidos

Documento del 20 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego impide la participación simultánea de empresas por el hecho de coincidir en algún accionista, aunque sean personas jurídicas distintas. La prohibición legal citada regula la multiplicidad de participación de una misma persona; la cláusula del pliego podría excluir empresas más allá de ese supuesto.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas … o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas” (págs. 35-36)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación

Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

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Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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A revisarHallazgo en documentos

Clasificación general de documentos técnicos como no subsanables

Documento del 20 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego etiqueta la documentación técnica como no subsanable y señala que todos sus documentos son habilitantes y obligatorios. Esa regla general puede impedir subsanar documentos de acreditación o soporte, aunque la ley permite subsanar los relativos a requisitos de calificación si el oferente cumplía el requisito al presentar su oferta, sin permitir cambios en el contenido esencial.

““c) Documentación técnica (No subsanable)” … “todos los documentos referidos se convierten en habilitantes y obligatorios de la oferta y deberán ser cumplidos totalmente”” (págs. 12-18)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas

Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…

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La cláusula fiscal no recoge la excepción para MIPYMES

Documento del 20 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego pide certificaciones que acrediten estar al día con DGII y TSS, sin reflejar la excepción legal que permite participar a MIPYMES con atrasos de hasta seis meses. Al estar el proceso reservado a MIPYMES, esta exigencia puede excluir participantes comprendidos en esa excepción.

““Certificación emitida por la Dirección General De Impuestos Internos (DGII) donde se manifieste que el oferente se encuentre al día con sus obligaciones fiscales.” … “Certificación emitida por la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) dond” (págs. 10-11)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 223 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones

Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…

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Reglamento 52-26, artículo 223 — Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social

Artículo 223.- Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social. De conformidad con lo establecido en la Ley núm. 47-25, las MIPYMES pueden participar en procedimientos de contratación aun cuando no se encuentren al día en sus obligaciones fiscales y de la seguridad social, siempre que el incumplimiento no se haya extendido por un período mayor a seis (6) meses. Párrafo I. A fin de cumplir con esta excepción, el oferente debe presentar certificación de la Dirección General de Impuestos Internos o de la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se haga constar el momento a partir del cual inició el incumplimiento de las obligaciones. Párrafo II. A los fines de este artículo,…

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Plazos de entrega incompatibles

Documento del 20 ago 2026 · hace 2 meses

La carta de compromiso exigida a los oferentes debe prometer la entrega del servicio dentro de 15 días calendario, mientras que la tabla de evaluación establece 30 días para entregar los bienes. La discrepancia afecta la preparación y comparación de las ofertas.

““Carta compromiso de entrega, notariada, donde el Oferente se compromete a que en caso de una eventual adjudicación cumplirá fielmente con la entrega del servicio adjudicados en un periodo no mayor a quince (15) días calendario luego de la ” (pág. 11)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Requisitos financieros con instrucciones contradictorias

Documento del 20 ago 2026 · hace 2 meses

La regla del índice de endeudamiento presenta desigualdades incompatibles entre el límite, el resultado que cumple y el que no cumple. Sin una regla inequívoca, los oferentes no pueden anticipar cómo se verificará este requisito financiero.

““Límite establecido: Menor 1.50” … “Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple)”” (pág. 17)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 116 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

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Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

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Criterio de adjudicación contradictorio

Documento del 20 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego fija el menor precio como criterio de adjudicación, pero también afirma que se decidirá analizando la oferta calidad-precio. La divergencia deja incierta la regla que determinaría cuál oferta resulta más conveniente.

““Sin embargo, en la fase de adjudicación, se decidirá al adjudicatario analizando la oferta calidad-precio, enfocados en priorizar la eficiencia, la durabilidad y el cumplimiento de objetivos institucionales.” … “El criterio de adjudicación” (págs. 17-19)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Ley 47-25, art. 121 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

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Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio

Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.

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Plazos de pago contradictorios

Documento del 20 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego solicita una carta de aceptación de crédito a 60 días, pero la tabla de evaluación requiere aceptar crédito a 120 días. Las dos condiciones pueden producir ofertas económicas basadas en términos de pago distintos.

““Carta donde indica estar en acuerdo con las condiciones de pago, establecidos en el Presente pliego de condiciones. (Crédito 60 días).” … “Carta donde indica estar de acuerdo con las condiciones de pago establecidas en el pliego de condici” (págs. 11-16)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Otros documentos del proceso (22)

  • ACTA DEL COMITE DE COMPRAS Y CONTRATACIONES.pdfInforme pericial · 20 ago de 2026 · 2 señales
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  • FICHA TECNICA.pdfPliego · 20 ago de 2026 · 1 señal
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  • REQ.pdfSolicitud de compra · 20 ago de 2026
  • SOLICITUD DE COMPRAS.pdfSolicitud de compra · 20 ago de 2026
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Debida diligencia · 20 ago de 2026
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