El Acto Administrativo núm. 112/2026, fechado el 30 de junio de 2026, aprueba iniciar la excepción para arrendar un inmueble destinado a la Escuela Básica Bartolo Mercedes Guerrero y designa tres peritos. También ordena convocar y publicar el proceso; el acta no consigna un monto ni una adjudicación. Registra una justificación basada en que no habría otro inmueble equivalente disponible y contiene versiones contradictorias sobre la votación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta sostiene que solo el inmueble identificado satisface la necesidad y alude a un procedimiento de proveedor único; esa base restringe la competencia frente a la regla reglamentaria de convocatoria pública para inmuebles, que contempla la selección directa excepcionalmente cuando solo un proveedor puede satisfacer la necesidad. Conviene verificar que la selección directa y la inexistencia de alternativas estén sustentadas en el expediente conforme a esa excepción.
““No existe alternativa en la zona que ofrezca condiciones equivalentes en términos de funcionalidad y oportunidad de disponibilidad.” … “Por todo lo expuesto anteriormente se considera pertinente la realización de procesos de proveedor únic” (págs. 6-8, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 163 · Reglamento 52-26, art. 149 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal
Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…
Reglamento 52-26, artículo 149 — Aplicación estricta y prohibición de interpretación extensiva
Artículo 149.- Aplicación estricta y prohibición de interpretación extensiva. Las modalidades de excepción a los procedimientos ordinarios de selección previstas en la Ley núm. 47-25 solo pueden aplicarse en los casos y supuestos taxativamente establecidos, los cuales deben ser entendidos de manera estricta y nunca por analogía o interpretación extensiva.
En una parte se indica que un miembro no estaba presente al momento de votar y que por ello la aprobación no fue unánime; más adelante, el acta afirma que las resoluciones se adoptaron por unanimidad y también que fueron aprobadas por mayoría. Además, el miembro señalado como ausente en la votación aparece entre quienes firman el acta; la discrepancia amerita verificar cómo se deliberó y aprobó cada resolución.
““Cabe destacar que, al momento de la votación, el señor Carlos Federico Ayacx Mercedes Contreras, Viceministro de Planificación y Desarrollo, miembro del comité, no se encontraba presente, razón por la cual no fue aprobada por unanimidad de” (pág. 8, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 18 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 18 — Funcionamiento interno y condiciones de deliberación
Artículo 18.- Funcionamiento interno y condiciones de deliberación. Los Comités de Contrataciones Públicas se rigen por las siguientes reglas de funcionamiento interno y condiciones de deliberación: 1. Las convocatorias a reuniones de los Comités de Contrataciones Públicas deben ser realizadas por el presidente, con la asistencia de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas. 2. El personal de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe fungir como secretario, con la responsabilidad de elaborar las actas de las reuniones y asistir en la coordinación de los encuentros. 3. El quórum mínimo para iniciar las reuniones y deliberar es de al menos tres (3) miembros, siendo siempre…
Jesús Reinoso JiménezEl acta lo identifica como la persona a cuyo nombre se encuentra el inmueble y a quien se refiere el requerimiento de alquiler; no registra que haya presentado oferta ni que haya sido adjudicado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona