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Pliego

TDR. CP-21.pdf

Construcción de Parque Urbano y Parador Fotográfico Distrito Municipal El Limón, Municipio Santa Bárbara de Samaná, Provincia Samaná · Comité Ejecutor de Infraesctrutura de Zona Turísticas

Publicado el 4 ago de 202646 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CEIZTUR-CCC-CP-2026-0021

Lo que dice

El pliego fija las reglas para la construcción del Parque Urbano y Parador Fotográfico de El Limón, con presupuesto base de RD$20,756,553.06 y plazo de ejecución de cuatro meses desde el pago del anticipo. Prevé recibir ofertas hasta el 18 de agosto de 2026 y seleccionar por menor precio entre las ofertas que cumplan los requisitos; el portal identifica la modalidad como Comparación de Precios, equivalente a contratación simplificada.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentosRD$20.8 millones

Experiencia mínima vinculada a obras por el monto total del proceso

Documento del 4 ago 2026 · hace 2 meses

Se requiere acreditar cuatro años de experiencia y al menos dos obras similares concluidas cuya suma alcance el presupuesto base de RD$20,756,553.06. La combinación de antigüedad, similitud de alcance y escala financiera podría limitar la concurrencia; corresponde revisar su proporcionalidad respecto del objeto y la complejidad de esta obra.

“El Oferente/Proponente deberá acreditar experiencia mínima de cuatro (4) años en el sector construcción. … Deberá acreditar una experiencia en la ejecución de mínimo dos (2) obras similares.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentosRD$3.1 millones

Línea de crédito exigida equivale al 15% del presupuesto

Documento del 4 ago 2026 · hace 2 meses

Para personas jurídicas y consorcios se exige una línea de crédito equivalente al 15% del valor de la obra, unos RD$3,113,482.96. Por su magnitud respecto del presupuesto, este requisito merece revisión de proporcionalidad y de su efecto en la participación, especialmente junto con los demás requisitos financieros.

“Una (01) Certificación Bancaria en original debidamente firmada y sellada (fecha no mayor a un (1) mes), dirigida al Comité Ejecutor de Infraestructuras de Zonas Turísticas (CEIZTUR) con aprobación de una línea de crédito equivalente al 15%”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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A revisarHallazgo en documentos

Condiciones fiscales pueden limitar beneficios previstos para MIPYMES

Documento del 4 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego exige estar al día con las obligaciones fiscales para acreditar elegibilidad y condiciona pagos de cubicaciones a que el contratista esté al día con los impuestos. La Ley permite a MIPYMES participar con atrasos de hasta seis meses y recibir pagos pendientes para regularizarse, por lo que estas condiciones podrían restringir su participación o el pago.

“Estar al día con sus obligaciones fiscales en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), no tiene que ser depositado, será verificado en línea por la institución. (Subsanable) … Estos pagos se harán en un período no mayor de treinta”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones

Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…

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A revisarHallazgo en documentos

Restricción a compartir personal entre oferentes

Documento del 4 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego no admite ofertas de empresas que compartan profesionales para ejecutar los trabajos, además de restringir a empresas con la misma composición societaria. La prohibición de participación múltiple de una misma persona no equivale necesariamente a prohibir que distintos oferentes propongan personal coincidente; la regla puede reducir la competencia y merece comprobar su justificación y aplicación.

“No serán admitidas las ofertas de oferentes con la misma composición societaria, así como tampoco aquellos que posean los mismos profesionales para la ejecución de los trabajos, por violentar el principio de participación.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 36 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación

Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

A revisarHallazgo en documentos

Se declara no subsanable el formulario de experiencia

Documento del 4 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego declara no subsanables el formulario de experiencia como contratista y su contenido, aunque la Ley dispone que los documentos relativos a requisitos de calificación son subsanables si el oferente cumplía el requisito al presentar su oferta. La regla podría provocar exclusiones por defectos documentales subsanables.

“El formulario SNCC.D.049 y su contenido no es subsanable, sin embargo, los documentos que respaldan el mismo podrán ser subsanables en tanto que, estos constituyen credenciales que no alteran el contenido sustancial de la oferta, sino que d”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas

Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…

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Otros documentos del proceso (32)

  • ANEXO 19- MODELO DE REFERENCIA ANALISIS DE COSTOS.pdfDocumento · 12 oct de 2022
  • Modelo Contrato de Obra.pdfContrato · 2 jun de 2026
  • Compromiso Etico Oferentes.pdfDocumento · 4 ago de 2026
  • Linea Base CEIZTUR.pdfDocumento · 4 ago de 2026
  • FORMULARIOS CP-2026-21.rarDocumento · 4 ago de 2026
  • PARTIDAS-PRESUPUESTO PARADOR FOTOGRAFICO- EL LIMON.xlsxPliego · 4 ago de 2026
  • Planos - Construcción de Parque Urbano y Parador Fotográfico El Limon Samana - Agosto 2026.pdfDocumento · 4 ago de 2026
  • Acta Inicio. CP-21.pdfPliego · 4 ago de 2026 · 1 señal
  • Acta Registro Peritos 2026. CP-21.pdfInforme pericial · 4 ago de 2026 · 1 señal
  • Acta Registro Peritos. CP-21.pdfInforme pericial · 4 ago de 2026 · 1 señal
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  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Apoderamiento proceso. CP-21.pdf
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  • Compromiso etico. CP-21.pdfDocumento · 4 ago de 2026
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  • Sol. Compras. CP-21.pdfSolicitud de compra · 4 ago de 2026
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  • Circular No. 1. CP-21.pdfCircular · 12 ago de 2026 · 2 señales
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