El comité constata condiciones imposibles de cumplir en el pliego
· hace 2 meses
El acta registra que el pliego contenía condiciones de imposible cumplimiento y ordena revisar las especificaciones antes de convocar de nuevo. Como el portal sitúa el cierre de ofertas el 2026-07-09, esta constatación posterior amerita revisar cómo esas condiciones afectaron la preparación y comparabilidad de las propuestas; no permite por sí sola determinar su efecto sobre cada oferente.
“Que los miembros del Comité de Contrataciones Públicas constataron que el Pliego de Condiciones sometido para el proceso que se trata, contiene condiciones que resultan de imposible cumplimiento,”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 130 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 130 — Cancelación de procedimiento
Artículo 130.- Cancelación de procedimiento. Antes de la adjudicación, la institución contratante podrá disponer la cancelación del procedimiento de contratación, mediante una resolución debidamente motivada, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones: 1) Hayan desaparecido las razones de interés público que justificaban la contratación; 2) Se evidencien graves irregularidades en la planificación o pliegos de condiciones que impiden seleccionar objetivamente la propuesta más conveniente; 3) Se evidencien graves irregularidades en la ejecución del procedimiento de contratación que impidan continuarlo; y 4) En todo caso, se dejará constancia detallada de los motivos en la…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →