El Acto Administrativo núm. 44-2026, de 2026-06-24, aprueba la Enmienda núm. 002 del pliego de la licitación MICM-CCC-LPN-2026-0002. La enmienda reduce de 45 a 30 días los plazos máximos para el anticipo a MIPYMES y para los pagos restantes, y precisa las garantías aplicables a esas empresas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina para MIPYMES la exigencia de una garantía que respalda el mantenimiento de la oferta; la enmienda fundamenta la excepción en el artículo 175.2 de la Ley 47-25..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Meg Solutions, SRLFigura como proveedor interesado y remitente de una consulta técnica; el documento no consigna una oferta ni una decisión de habilitación.
Mencionado
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Critical Power, SRLFigura como proveedor interesado y remitente de una consulta técnica; el documento no consigna una oferta ni una decisión de habilitación.
Mencionado
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Grey Matter Technologies, SRLFigura como proveedor interesado y participante del registro de interesados; el documento no consigna una oferta ni una decisión de habilitación.
Mencionado
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Tradenergy, SRLFigura en el registro de interesados remitido mediante el SECP; el documento no consigna una oferta ni una decisión de habilitación.
Mencionado
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EFIITSA, EIRLFigura como proveedor interesado; el documento no consigna una oferta ni una decisión de habilitación.
Mencionado
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Global Tools Dominicana, SRLFigura como proveedor interesado; el documento no consigna una oferta ni una decisión de habilitación.
Mencionado
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TECHDOM, SRLFigura en el registro de interesados remitido mediante el SECP; el documento no consigna una oferta ni una decisión de habilitación.
Mencionado
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Cecomsa, SRLFigura como proveedor interesado y consta que mostró interés en participar; el documento no consigna una oferta ni una decisión de habilitación.
Mencionado
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Digital City Company, SRLFigura en el registro de interesados remitido mediante el SECP; el documento no consigna una oferta ni una decisión de habilitación.
Mencionado
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Clickteck, SRLFigura en el registro de interesados remitido mediante el SECP; el documento no consigna una oferta ni una decisión de habilitación.
Cambios que introduce (3)
Sección
Antes
Después
Efecto
Sección III, numeral 8: Anticipo y garantía de buen uso de anticipoPlazo para pagar el anticipo a adjudicatarios MIPYMES y tipo de garantía
Anticipo del 30% en un plazo máximo de 45 días desde el registro del contrato; se admitía garantía bancaria o póliza de fianza.
Anticipo del 30% en un plazo máximo de 30 días desde el registro del contrato; para MIPYMES, se indica que solo se requerirá póliza de fianza.
Endurece
Sección III, numeral 14: Condiciones de pago y retencionesPlazos máximos para el anticipo a MIPYMES y para los pagos restantes
El anticipo a MIPYMES y los pagos posteriores tenían un plazo máximo de 45 días; para no MIPYMES, el pago posterior a la entrega tenía el mismo máximo.
El anticipo a MIPYMES y los pagos posteriores tienen un plazo máximo de 30 días; también se fija en 30 días el plazo de pago posterior a la entrega para no MIPYMES.
Endurece
Sección I, numeral 10.2.1, oferta económica “Sobre B”Garantía de seriedad de oferta para MIPYMES
El texto inicial del pliego reproducido no consigna expresamente la excepción para MIPYMES en el requisito de garantía de seriedad.
Se hace constar que a las MIPYMES debidamente acreditadas no se les requerirá garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta.
AclaraQuita un control: Se elimina para MIPYMES la exigencia de una garantía que respalda el mantenimiento de la oferta; la enmienda fundamenta la excepción en el artículo 175.2 de la Ley 47-25.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona