El pliego de la licitación MIDEREC-CCC-LPN-2026-0007 establece la adquisición de 39,000 tickets de combustible —18,000 de RD$500 y 21,000 de RD$1,000— por un presupuesto base de RD$30,000,000 y una vigencia contractual de hasta 12 meses. Fija como fecha de recepción de ofertas el 15 de septiembre de 2026, pero también contiene una fecha de recepción distinta en otra sección y cláusulas que requieren revisión por su efecto sobre los plazos y la evaluación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego permite hasta 20 días hábiles desde la notificación, aunque la Ley 47-25 establece un máximo de 10. El cronograma prevé la firma para el 16 de octubre tras la adjudicación estimada del 8 de octubre, pero la cláusula general mantiene un plazo superior al máximo legal.
“El contrato entre el Ministerio de Deportes y Recreación (MIDEREC) y el(la) adjudicatario(a) deberá ser suscrito en la fecha que establece el cronograma de actividades del presente pliego … el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
La cláusula afirma que podrían aplicarse sanciones penales si el oferente no presenta argumentos o no logra demostrar que los indicios son inexactos. El texto condiciona así una consecuencia penal a la falta de descargo, en vez de describir una decisión motivada y el procedimiento aplicable.
“Si el oferente no presenta sus argumentos dentro del plazo estipulado, no se refiere a lo solicitado o no logra demostrar la inexactitud de los indicios identificados, En consecuencia, se aplicará las sanciones penales descritas en el artíc”
Ley 47-25, artículo 20 — Unidades operativas de contrataciones públicas
Artículo 20.- Unidades operativas de contrataciones públicas. Cada institución contratante contará con una unidad operativa de contrataciones públicas que gestionará los procedimientos de contratación y ofrecerá asistencia técnica en su ejecución, las cuales tendrán, de manera indicativa y no limitativa, las funciones siguientes: 1) Coordinar con el área administrativa, financiera o su equivalente, la planificación y organización de los procedimientos de contratación; 2) Recomendar al comité de contrataciones públicas el procedimiento de selección aplicable y el pliego de condiciones correspondiente; 3) Recibir las propuestas con las ofertas técnicas y económicas, en la forma y plazos…
Ley 47-25, artículo 116 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas
Artículo 116.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. Los oferentes, en cualquier fase del procedimiento de selección, podrán ser excluidos cuando se compruebe que han incurrido en algunas de las prácticas prohibidas siguientes: 1) Cuando el o los oferentes se encuentre en el régimen de inhabilidades previsto en la presente ley o haya intentado eludirlo a través de maniobras; 2) Cuando el o los oferentes haya desarrollado prácticas o actuaciones tendentes a influenciar a las autoridades de la institución contratante, a fin de ser beneficiado directa o indirectamente; 3) Cuando el o los oferentes hayan ejercido actos o acuerdos nominados y sancionados por la ley sobre defensa de la…
La sección de debida diligencia identifica a BAGRÍCOLA y describe la contratación de una firma para evaluar un programa ALA/FT/PADM, aunque el proceso de MIDEREC es para tickets de combustible. Esa referencia ajena al objeto merece verificarse porque aparece dentro de las instrucciones de evaluación de los oferentes.
“El objetivo de esta fase es garantizar la transparencia, integridad y legalidad del proceso, mitigando la exposición del BAGRÍCOLA a riesgos legales, financieros, operativos, de corrupción, lavado de activos y conflictos de interés, conform”
En la sección de recepción aparece el 20 de mayo de 2026, mientras el cronograma y el portal fijan el cierre para el 15 de septiembre de 2026, tras la convocatoria del 3 de agosto. La fecha discordante puede generar incertidumbre sobre el plazo aplicable, aunque su redacción también parece contener restos de edición.
“Las ofertas podrán ser recibidas desde el día de publicada la convocatoria en el SECP hasta hasta las 09:00 a.m. del jueves miércoles 20 de mayo 2026.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego requiere al menos tres contratos u órdenes de servicio de los últimos cinco años, acompañados de certificaciones de satisfacción. Conviene verificar la proporcionalidad de esa barrera de habilitación frente al objeto y al monto de RD$30,000,000, pues su cumplimiento es obligatorio para acceder a la evaluación económica.
“Formulario de Experiencia como proveedor (SNCC.D.049) con el fin de acreditar la experiencia satisfactoria en la presentación de este servicio, presentando mínimo de tres (3) copias de contratos suscritos u órdenes de servicios emitidas en ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 52-26, artículo 110 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas
Artículo 110.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. La exclusión de oferentes por haber incurrido en alguna de las prácticas prohibidas establecidas en el artículo 116 de la Ley núm. 47-25 debe cumplir con el siguiente procedimiento: 1. El procedimiento puede iniciar de oficio o a requerimiento de cualquier parte interesada o ciudadano; 2. El inicio del procedimiento debe formalizarse mediante acto administrativo motivado y notificado al oferente correspondiente, en el que se detallen las prácticas prohibidas en las que habría incurrido y las pruebas que las sustenten; 3. A partir de la notificación del acto administrativo indicado en el numeral anterior, el oferente tiene un…