El acta núm. 0015/2026, fechada el 20 de julio de 2026, designa tres peritos y aprueba para publicación el pliego del proceso AMM-CCC-CP-2026-0005. Decide usar Comparación de Precios; según los datos del portal, el presupuesto estimado es RD$7,600,000 y la convocatoria se publicó el 3 de agosto de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta identifica el proceso como dirigido exclusivamente a MIPYMES de la región, mientras que los datos del portal consignan «Reservado a MIPYMES: no». La discrepancia debe verificarse porque la clasificación publicada puede afectar la comprensión de quiénes podían participar; podría tratarse de un dato del portal pendiente de actualización. Esto se suma, como hecho distinto, a la restricción regional ya señalada en otros documentos.
“«Posee necesidad institucional en referente a la CONSTRUCCION DE ACERAS Y CONTENES CON LOS FONDOS DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA CORRESPONDIENTE A LA 2DA PARTIDA RECIBIDA EN EL AÑO 2026, DIRIGIDO EXCLUSIVAMENTE A MIPYMES DE LA REGION;»”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 179 · Reglamento 52-26, art. 47 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 179 — Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas
Artículo 179.- Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. Se crea e instituye el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas como herramienta tecnológica oficial y obligatoria para la implementación, gestión, monitoreo y control de los procedimientos de contratación pública, desde la planificación hasta el pago y liquidación de los contratos. Párrafo I.- A través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá gestionarse y difundirse toda la información relativa a cada una de las etapas de los procedimientos de contratación pública, con excepción de aquella considerada como reservada. Párrafo II.- El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá contar con…
Reglamento 52-26, artículo 47 — Uso y gestión de la información
Artículo 47.- Uso y gestión de la información. Toda información generada o incorporada al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas tiene validez jurídica y fuerza probatoria, siempre que se produzca conforme a los parámetros de autenticidad, integridad, inalterabilidad y conservación definidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Las instituciones contratantes deben: 1. Registrar oportunamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas todas las actuaciones administrativas de los procedimientos de contratación, incluyendo los documentos técnicos, jurídicos y financieros, así como aquellos vinculados a la ejecución y liquidación de los contratos. 2. Mantener…
El acta sitúa la reunión y aprobación del pliego el 20 de julio de 2026, pero el resumen de otros documentos del proceso identifica el pliego como fechado el 29 de julio. Conviene comprobar que la versión publicada el 3 de agosto sea la que aprobó el comité; el acta no identifica aquí una versión o fecha del pliego.
“«Miércoles 20 de Julio, del 2026.» … «Además, dado el monto disponible para la Construcción de Aceras y Contenes, y en atención a los umbrales de compra emitidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas para el año 2026, se decid”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 103 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 103 — Aprobación interna del pliego de condiciones
Artículo 103.- Aprobación interna del pliego de condiciones. Previo a la convocatoria del procedimiento de selección de proveedores, el pliego de condiciones debe ser aprobado por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, mediante acto administrativo de la institución contratante, de conformidad con el artículo 95 de la Ley núm. 47-25 y las reglas internas de delegación de competencia que se hayan establecido. Párrafo I. El acto de aprobación debe indicar, como mínimo, el procedimiento de selección de proveedores aprobado, el objeto contractual, el valor referencial y la identificación del pliego de condiciones definitivo que regirá…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona