El estudio previo, fechado el 14 de julio de 2026, justifica contratar por doce meses servicios de nube, servidores, almacenamiento, respaldo, seguridad, migración y soporte para la SIPEN, y recomienda una licitación pública. Fija un presupuesto referencial de RD$19,000,000 y fundamenta el análisis económico en dos cotizaciones recibidas, mientras una tercera seguía pendiente.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El estudio usa la propuesta de KIO como una de solo dos cotizaciones para sustentar el presupuesto, pero la documentación citada identifica necesidades de la Superintendencia de Seguros y consigna para un servidor 128 vCPU y 256 GB de RAM, frente a los 32 vCPU y 128 GB descritos para el componente analítico de la SIPEN. Puede tratarse de contenido reutilizado o de una solución sobredimensionada; conviene verificar que la cotización corresponda al objeto y alcance comparables antes de usarla como referencia económica.
“32 vCPU/64 hilos; 128 … GB RAM; 7,168 GB; … Windows Server 2022 … 128 vCPU Intel Xeon E5-2640 (2 GHz) Memoria RAM de 256GB”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 88 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…
La propuesta de KIO está fechada el 8 de junio y establece una vigencia de 30 días naturales; el estudio está fechado el 14 de julio, después del vencimiento de ese período. Como el estudio emplea esa cotización para el análisis económico, procede verificar que el monto seguía disponible o fue confirmado antes de fijar el presupuesto referencial.
““14 de julio de 2026” … “Junio 8, 2026” … “Esta propuesta tendrá una vigencia de 30 días naturales contados a partir de la fecha de emisión.””
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Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…
El estudio afirma que la contratación figura en el PACC 2026. En el contexto del portal, el plan publicado el 1 de octubre registra un servicio de almacenamiento en nube por RD$11,890,919.30 bajo «Procesos de Excepción» y también múltiples renglones del mismo código para licitación por RD$1, frente al estimado de RD$19,000,000 del proceso. Como el registro del plan es posterior a este estudio y a la convocatoria, la diferencia requiere cotejar las versiones y modificaciones del PACC, sin que por sí sola pruebe una irregularidad.
““La presente contratación se encuentra contemplada en el Plan Anual de Compras y Contrataciones (PACC) 2026, bajo el código UNSPSC núm. , correspondiente a”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 86 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 86 — Plan Anual de Contrataciones (PAC)
Artículo 86.- Plan Anual de Contrataciones (PAC). Las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley tendrán la obligación de elaborar planes anuales de contratación de obras, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo I.- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados y gestionados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en los portales de las instituciones contratantes. Párrafo II.- Sin perjuicio de las excepciones previstas, toda contratación deberá constar en estos planes y estos deberán ser consistentes con las apropiaciones…
NAP del Caribe, Inc.Cotización de referencia por RD$18,835,317.65; el estudio la utiliza en el análisis del presupuesto estimado, no como oferta evaluada en la licitación.
Mencionado
Lote único
RD$18,835,318
KIO Data CentersCotización de referencia por RD$23,485,119.47 sin ITBIS; el estudio la utiliza en el análisis del presupuesto estimado, no como oferta evaluada en la licitación.
Mencionado
Lote único
RD$23,485,119
Claro DominicanaEl estudio indica que se solicitó una cotización y que seguía pendiente al momento de elaborarlo.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona