Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · SANTO DOMINGO
Según documentos societarios que instituciones del Estado publicaron junto a ofertas y credenciales de esta empresa (certificados de registro mercantil, actas de asamblea y estatutos). La composición pudo cambiar después de la fecha del documento.
| Nombre | Rol | Participación | Fuente |
|---|---|---|---|
| Manuel Enrique Tavares Sánchez | Accionista | 47.62 %20 cuotas o acciones | Acta de asamblea · 11 jul de 2022Documento en transparencia.poderjudicial.gob.do, pág. 46 |
| Samuel Antonio Conde Arenas | Accionista | 23.81 %10 cuotas o acciones | Acta de asamblea · 11 jul de 2022Documento en transparencia.poderjudicial.gob.do, pág. 46 |
| SOMERTON ENTERPRISES, S. A.Empresa socia | Accionista | 23.81 %10 cuotas o acciones | Acta de asamblea · 11 jul de 2022Documento en transparencia.poderjudicial.gob.do, pág. 46 |
| COOL WATERS FINANCIAL GROUP, S. A.Empresa socia | Accionista | 4.76 %2 cuotas o acciones | Acta de asamblea · 11 jul de 2022Documento en transparencia.poderjudicial.gob.do, pág. 46 |
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
"Rechaza las conclusiones de la recurrente relativas a: i) revocar la Resolución Núm. 155-2017 de fecha 25 de abril de 2017, emitida por el Ministerio de Hacienda; ii) declarar la nulidad absoluta del Acto Administrativo Núm. 004-2017 de fecha 23 de marzo de 2017, emitido por el Comité de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda; y iii) retrotraer el procedimiento de licitación en cuestión a la etapa en…
Proceso: MH-PAFI-CCC-PE-2017-01
Empresas: Consorcio Sixsigma Networks México, S.A. (presentó la acción)Nap del Caribe, INCS.C., S.A.S.Servicios de Ti Domininicana SC, SAS
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso jerárquico presentado por el Consorcio Sixsigma Networks México, S.A. de C.V., y Servicios de TI Dominicana, S.C., S.A.S., en contra la Resolución Núm. 155-2017, de fecha 25 de abril de 2017, emitida por el Ministerio de Hacienda, en respuesta al Recurso de Impugnación presentado por el Consorcio Sixsigma Networks México, S.A. de C.V. y Servicios de TI Dominicana, S.C., S.A.S., de fecha 6 de abril de 2017, en contra de la Resolución Núm. 004-2017, de fecha 23 de marzo de 2017, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda de la República Dominicana, contentivo del conocimiento y aprobación de los informes periciales de las evaluaciones al Sobre A “Propuestas Técnicas” del procedimiento de Excepción con Servicios de Exclusividad Núm. MH-PAFI-CCC- PE-2017-01, para el “Suministro de Servicio de colocación de centro de datos (arrendamiento) que aloja los equipos informáticos que componen la infraestructura tecnológica de respaldo del Sistema Integrado de Administración Financiera del Estado (SIAFE)”, por haber sido presentado con las formalidades y en República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do el plazo establecido en el artículo 67 numeral 1) de la Ley Núm. 340-06 y su modificación, sobre compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones. SEGUNDO: En cuanto al fondo, RECHAZAR el recurso jerárquico de fecha 5 de mayo de 2017 interpuesto por el Consorcio Sixsigma Networks México, S.A. de C.V., y Servicios de TI Dominicana, S.C., S.A.S., en contra la Resolución Núm. 155-2017, de fecha 25 de abril de 2017, emitida por el Ministerio de Hacienda, en respuesta al Recurso de Impugnación presentado por el Consorcio Sixsigma Networks México, S.A. de C.V. y Servicios de TI Dominicana, S.C., S.A.S., de fecha 6 de abril de 2017, en contra de la Resolución Núm. 004-2017, de fecha 23 de marzo de 2017, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda de la República Dominicana, contentivo del conocimiento y aprobación de los informes periciales de las evaluaciones al Sobre A “Propuestas Técnicas” del procedimiento de Excepción con Servicios de Exclusividad Núm. MH-PAFI-CCC-PE-2017-01, para el “Suministro de Servicio de colocación de centro de datos (arrendamiento) que aloja los equipos informáticos que componen la infraestructura tecnológica de respaldo del Sistema Integrado de Administración Financiera del Estado (SIAFE)”, al haber comprobado que aun cuando ciertamente la institución contratante no realizó la evaluación conforme dispone el artículo 37 del Reglamento de Aplicación Núm. 543-12, -cuando se trata de consorcios-, se evidenció que de haber realizado la evaluación en conjunto, la recurrente no hubiera superado los índices financieros establecidos en el pliego de condiciones, tal y como fue expuesto en el párrafo 79 de la presente Resolución. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes, el Ministerio de Hacienda, el Consorcio Sixsigma Networks México, S.A. de C.V. y Servicios de TI Dominicana, S.C., S.A.S., y la razón social Nap del Caribe Inc., para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do QUINTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector en www.comprasdominicana.gob.do y www.dgcp.gob.do.
Registros de la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) a nombre de esta empresa, según sus boletines oficiales.
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Los nombres salen de documentos públicos y se enlazan por nombre: coincidir en el nombre no prueba que sea la misma persona.
La resolución No. 65/2016 ACOGE en cuanto a la forma el recurso jerárquico interpuesto por la razón social Nap del Caribe, INC en fecha 11 de abril de 2016, contra la comunicación No. 000183 por la que el Programa de Administración Financiera (PAFI), adscrito al Ministerio de Hacienda, da respuesta a la impugnación realizada por Nap del Caribe, INC, respecto de la adjudicación del procedimiento de Licitación…
Proceso: MH-PAFI-CCC-LPN-2015-02
Empresas: Nap del Caribe, INC (presentó la acción)Consorcio Sixsigma Networks México, S.A.C.V. y Servicios de TI Dominicana SC, S.A.S.
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico interpuesto la razón social Nap del Caribe, INC en fecha 11 de abril de 2016, conb·a la comunicación No. 000183 por la que el Programa de Administración Financiera Integrada (PAF!}, adscrito al Ministerio de Hacienda, da respuesta a la impugnación realizada por Nap del Caribe, INC respecto a la adjudicación del procedimiento de Licitación Pública Nacional No. MH-PAFI-CCC-LPN-2015-02, llevado a cabo para la "ndq11isicióu de ser7.licios de colocacíó11e111111 centro de ,inlos (nrre11dn111ie11l0) pnm nlojnr y operar equipos de redes, procedi111ie11to, nl111nce11nmie11to y gestión de i11fraestmct11m tec11ológicn", por haber sido interpuesto de conformidad con las formalidades y plazos establecidos en las disposiciones del artículo 67 de la Ley No. 340-06 y su modificación. SEGUNDO: En cuanto al fondo, RECHAZAR las conclusiones presentadas por la razón social Nap del Caribe, INC en su recurso jerárquico respecto al procedimiento de Licitación Pública Nacional No. MH-PAFI-CCC-LPN-2015-02, llevado a cabo para la "adq11isició11 de servicios de colocaóó11 e11 1111 cmtro de dntos (nrre11dn111ie11to) ¡mm nlojnr y opernr equipos de redes, procedimieuto, al111ncenn111ie11to y gestión de i11.frnestruct11rn teC11ológicn", la solicitud y posterior corrección realizada por el Programa de Administración Financiera Integrada (PAFI) no representa una actuación antijurídica que afecte la licitación de referencia, toda vez que por medio de ésta el Estado pudo contratar los servicios que requería, con las características solicitadas, y al menor precio ofertado, logrando la eficiencia del gasto público. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución al Programa de Administración Financiera Integrada (PAFJ), para su conocimiento y fines de lugar. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN .GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS C{JARTO: OBDENAR la remisión formal d~ la presente Resolyción a la re5=urrente razón social Nap del Caribe, INC, y el Consorcio Sixsigma Networks México, S.A. de C.V. y Servicios de TI Dominicana SC, S.A.S., para su conocimiento y fines de lugar. UINTO: ORDEN7~R-Ja rerms1on formal üe la presen e Resolución a la ConlraloriaGeneral-de la República, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar.