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Estudio previo

Informe de Estudio Previos del Proceso .....pdf

ADQUISICIÓN DE MOBILIARIOS PARA SER DISTRIBUIDOS EN LA OFICINA DE VIGILANCIA, SALA DE GUERRA, SALA DE SITUACIÓN, SALÓN DE REUNIONES SALA DE DESCANSO Y LAS RECEPCIONES DE NUEVA ENTRADA PRINCIPAL DE EST… · Cuerpo de Seguridad Presidencial

Publicado el 24 jul de 2026Fechado el 23 jul de 20266 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CUSEP-CCC-CP-2026-0007

Lo que dice

El informe de estudios previos, emitido en Santo Domingo el 24 de julio de 2026, define la adquisición de 33 renglones de mobiliario para el Cuerpo de Seguridad Presidencial, dirigida a MIPYMES mujer. Presenta un presupuesto referencial numérico de RD$5,823,000, sustentado en dos cotizaciones, y describe riesgos y medidas de mitigación para la contratación.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

Restricción territorial de proveedores en el estudio previo

Documento del 24 jul 2026 · hace 2 meses

El informe establece que solo se aceptarán proveedores de la región Ozama o Metropolitana y que estarán sujetos a inspección de infraestructura. No vincula en este apartado la limitación territorial con una necesidad operativa específica del mobiliario; el Reglamento establece que la preferencia territorial debe ser justificada y no excluyente, salvo que la naturaleza del objeto requiera razonablemente una prestación local.

“Solo se aceptan proveedores dentro de la región Ozama o Metropolitana, sujetos a inspección de infraestructura, seguridad, limpieza y equipamiento.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 224 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 224 — Domicilio local de los proveedores

Artículo 224.- Domicilio local de los proveedores. Para los fines del artículo 173 de la Ley núm. 47-25, el domicilio del proveedor MIPYME debe determinarse atendiendo a criterios de presencia efectiva y capacidad operativa en la demarcación territorial correspondiente, los cuales podrán acreditarse, de manera alternativa, mediante: 1. Sede principal, sucursal, oficina operativa o establecimiento registrado en la demarcación donde se ejecutará la contratación; 2. Capacidad comprobada de prestación del servicio o suministro en la zona, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual, la logística necesaria y los tiempos de respuesta requeridos; 3. Relación comercial previa y verificable en…

Texto oficial completo

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

Las dos cotizaciones difieren exactamente en 5 % en los renglones

Documento del 24 jul 2026 · hace 2 meses

En las tablas, la segunda cotización aparece un 5 % por encima de la primera en los renglones comparables, mientras que el presupuesto referencial coincide con la primera. El patrón merece verificar la independencia y trazabilidad de las cotizaciones usadas para fijar el valor estimado; el informe no identifica aquí a sus emisores.

“ALFOMBRA GRANDE 2 X 3 1 UNIDAD 100,000.00 105,000.00 … ARCHIVO PARA ESCRITORIOS 10 UNIDAD 159,300.00 167,265.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 88 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos

Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…

A revisarHallazgo en documentos

El análisis de mercado menciona exportadores de baterías

Documento del 24 jul 2026 · hace 2 meses

Aunque el objeto y la tabla describen mobiliario, el apartado de demanda y oferta afirma que el mercado relevante incluye empresas dedicadas a exportar baterías. La discrepancia puede indicar que esa parte del análisis no corresponde al objeto estudiado y merece comprobarse frente al soporte de la estimación.

“Para el bien requerido en esta contratación existe una amplia oferta y demanda en el mercado, contando con una amplia gama de empresas que se dedican a la exportación de batería.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 88 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos

Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…

ContextoHallazgo en documentosRD$100,000

Estimación de alfombra muy superior a referencias de otros procesos

Documento del 24 jul 2026 · hace 2 meses

El estudio estima la alfombra grande 2 x 3 en RD$100,000 por unidad. Según los datos de referencia de otros procesos suministrados, la mediana estimada para ese rótulo es RD$950; las especificaciones pueden diferir, por lo que corresponde cotejar comparabilidad, calidad y alcance antes de concluir que existe una desviación.

“ALFOMBRA GRANDE 2 X 3 1 UNIDAD 100,000.00 105,000.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 88 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos

Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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