La Enmienda I del proceso MINERD-CCC-PEPU-2026-0004 modifica instrucciones y requisitos para presentar propuestas, fija como cierre el 27 de julio de 2026 y añade una evaluación técnica de los servicios bajo el criterio «cumple/no cumple». Aunque la portada lo denomina «Proceso de Licitación Pública Nacional», el documento identifica el mecanismo como «Proveedor Único»; el portal registra un monto estimado de RD$1,404,000,000.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La portada presenta el proceso como licitación pública nacional, mientras que el cuerpo identifica el procedimiento como excepción por proveedor único. La inconsistencia amerita verificar cuál modalidad y conjunto de reglas rigen la selección.
“Proceso de Licitación Pública Nacional … Proveedor Único”
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
Reglamento 52-26, artículo 149 — Aplicación estricta y prohibición de interpretación extensiva
Artículo 149.- Aplicación estricta y prohibición de interpretación extensiva. Las modalidades de excepción a los procedimientos ordinarios de selección previstas en la Ley núm. 47-25 solo pueden aplicarse en los casos y supuestos taxativamente establecidos, los cuales deben ser entendidos de manera estricta y nunca por analogía o interpretación extensiva.
La enmienda incluye como requisito presentar el RPE actualizado. La Ley dispone que la institución consulte la información del Registro de Proveedor del Estado y no solicite de nuevo documentación que ya esté disponible allí; conviene verificar si se exige una constancia redundante.
“Registro de Proveedores del Estado (RPE) actualizado, emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, empresa o persona fisica.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 41 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 41 — Deberes de los interesados en participar como oferentes
Artículo 41.- Deberes de los interesados en participar como oferentes. Las personas físicas o jurídicas interesadas en participar como oferentes en los procedimientos de contratación previstos en la presente ley deberán estar inscritas en el Registro de Proveedor del Estado, administrado y operado por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán los requisitos y el procedimiento de inscripción como proveedor del Estado, indicando la documentación requerida para acreditar la capacidad jurídica, la actividad económica del interesado, el cumplimiento de las obligaciones fiscales, laborales y de la seguridad social,…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Cambios que introduce (2)
Sección
Antes
Después
Efecto
Documento Base, páginas 3 a 7Presentación de propuestas e instrucciones para los oferentes
Texto anterior del Documento Base, no reproducido en esta enmienda.
Se establece presentación por el portal transaccional o en físico y recepción hasta el 27/07/2026 a las 10:00; se incluyen instrucciones y requisitos para las propuestas.
Aclara
Metodología para evaluación de los servicios ofertadosCriterio de evaluación técnica
La enmienda no indica una metodología previa para esta evaluación.
Añade evaluación de las muestras de servicios bajo el criterio cumple/no cumple para cada aspecto indicado en la línea 7 de la ficha de solicitud de propuesta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona