Proveedor único basado en continuidad pese a mencionar proveedores
· hace 3 meses
La resolución escoge la excepción de proveedor único, pero su justificación afirma que hay «proveedores» con las unidades requeridas y apoya la continuidad en el servicio prestado desde 2023. El artículo 166 del Reglamento exige que solo una persona pueda satisfacer la necesidad y señala que una relación contractual previa no basta; al estimado de RD$1,404,000,000, una contratación ordinaria de servicios habría superado ampliamente el umbral de licitación pública de 2026 de RD$6,436,757.51. Corresponde verificar el sustento de la exclusividad y el efecto de la selección directa sobre la competencia.
“Por tanto, los tiempos con que se cuenta para la contratación son cortos y en vista de que se cuenta con proveedores que tienen las unidades requeridas para continuar realizando las rutas establecidas en cada regional, ampliamente conocidas”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 57 · Ley 47-25, art. 78 · Reglamento 52-26, art. 166 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 57 — Selección por cuantía
Artículo 57.- Selección por cuantía. La selección por cuantía aplicará en: 1) La licitación pública cuando el valor estimado sea igual o superior al umbral mínimo determinado en aplicación del tratado internacional de libre comercio vigente, el cual deberá ser fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 2) La contratación simplificada cuando el valor estimado sea inferior al umbral fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) La contratación menor cuando el valor estimado sea inferior al umbral de contratación simplificada fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de…
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos
Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…