Apropiación certificada por solo el 2% del monto estimado
· hace 3 meses
La resolución registra una certificación de RD$1,255,824.07 para una contratación estimada en RD$62,791,203.66 y señala que se reservarán fondos para años subsiguientes. El artículo 93 exige que la certificación previa haga constar el monto total del egreso previsto; conviene verificar si existe otra certificación que cubra el total.
“el monto de Un Millón Doscientos Cincuenta y Cinco Mil Ochocientos Veinticuatro Pesos Dominicanos con 07/100 (RD$1,255,824.07), impuestos incluidos, equivalente al 2% del monto estimado de la contratación, el cual se reserva para poder conv”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
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