Los términos de referencia de diciembre de 2025 definen una consultoría para seleccionar, aplicar y analizar pruebas del Concurso de Oposición Focalizado 2026, con una duración estimada de cinco meses y pagos por hitos de 20 %, 35 %, 35 % y 10 %. El documento indica que los recursos no están contemplados en el POA 2026 del Viceministerio; esto no demuestra por sí solo que falte apropiación presupuestaria. El proceso MINERD-CCC-LPN-2026-0003 fue convocado el 14 de julio de 2026 y el monto estimado publicado para el proceso es RD$220,128,664.25.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El TDR declara que los recursos no están contemplados en el POA 2026 del Viceministerio. Esto amerita verificar la fuente presupuestaria y la certificación de apropiación previa al inicio; la declaración, por sí sola, no acredita que falte dicha certificación.
“Los recursos para utilizar para el pago de estos servicios no están contemplados en el POA 2026 del Viceministerio de Acreditación y Certificación Docente, A continuación se detallan los”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
El TDR asigna un 20 % del pago a la firma del contrato y la presentación de la propuesta, antes de la entrega de los productos descritos. Conviene verificar que el instrumento contractual contemple la garantía de buen uso por el monto anticipado y su aplicación a la ejecución; este TDR no permite concluir si esos controles constan en otros documentos.
“• A la firma de contrato, presentación de la propuesta, técnica, metodológica y cronog rama de trabajo 20°/0”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 209 · Reglamento 52-26, art. 210 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 209 — Garantía de buen uso del anticipo
Artículo 209.- Garantía de buen uso del anticipo. La garantía de buen uso de anticipo es la constituida a favor de la institución contratante por el oferente que ha sido adjudicado, y tiene la finalidad de asegurar el uso correcto del monto entregado como adelanto de pago para la buena ejecución del contrato.
Reglamento 52-26, artículo 210 — Monto de la garantía de buen uso de anticipo
Artículo 210.- Monto de la garantía de buen uso de anticipo. El monto de la garantía del buen uso de anticipo debe ser por el total que se haya de recibir como adelanto en base a dicho concepto.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona