Enmienda registrada el mismo día del cierre de ofertas
· hace 3 meses
El portal registra la última enmienda el 15 de julio de 2026, fecha que también indica como cierre de ofertas; la enmienda modifica especificaciones técnicas. Si la modificación se publicó después del 75 % del plazo, el artículo 104 exige extender el plazo proporcionalmente y permitir nuevas preguntas y respuestas sobre los cambios. La información disponible no indica una prórroga ni permite precisar la hora de publicación.
“En ese contexto, es de interés, hacer de público conocimiento que, el Comité de Compras y Contrataciones, procede a enmendar los puntos que en lo adelante se indican, del Pliego de Condiciones Específicas del procedimiento INEFI-CCC-PEAC-20”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →