El Acta núm. 0001-26 adjudica al Instituto Dominicano de Tecnología (IDT), Inc. la contratación directa de servicios de diplomado para docentes iniciales por RD$14,880,000.00, impuestos incluidos. El acta consigna como fecha de la reunión el 18 de junio de 2026, aunque el portal registra la convocatoria el 9 de julio de 2026 y el cierre de ofertas el 15 de julio de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra una sola oferta de IDT, y el acta adjudica RD$14,880,000.00, el mismo monto del presupuesto indicado en el documento y en el portal. Aunque la selección directa explica que no haya comparación entre varias ofertas, la coincidencia exacta amerita revisar el sustento de la razonabilidad del precio y su desglose.
“VISTO: A que la Dirección Financiera de este Instituto Nacional de Educación Física (INEFI), notificó el Presupuesto para el procedimiento de referencia , por un monto de CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Reglamento 52-26, art. 170 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Reglamento 52-26, artículo 170 — Condiciones particulares del informe de justificación para la contratación directa de instituciones de educación superior y centros de investigación
Artículo 170.- Condiciones particulares del informe de justificación para la contratación directa de instituciones de educación superior y centros de investigación. Además de las condiciones generales previstas para los informes de justificación de uso de modalidades de excepción, el informe correspondiente a la contratación de instituciones de educación superior o centros de investigación debe exponer, de manera enunciativa y no limitativa, los elementos que fundamentan la procedencia de esta modalidad, entre ellos: 1. La naturaleza especializada de la prestación, evidenciando que el objeto contractual requiere capacidades institucionales de investigación, conocimiento técnico avanzado,…
El acta consigna que la sesión en que se decidió la adjudicación ocurrió el 18 de junio de 2026; según el portal, la convocatoria fue el 9 de julio y el cierre de ofertas el 15 de julio. Esa secuencia hace necesario verificar la fecha del acto y cuándo se recibió y evaluó la propuesta; podría tratarse de un error de fecha, pero el documento también registra que en esa sesión se adjudicó.
“estando presente la cantidad de miembros reglamentario para sesionar, hoy día dieciocho (18) del mes de junio del año dos mil veintiséis (2026). … SEGUNDO: ADJUDICAR como al efecto ADJUDICA”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 125 · Reglamento 52-26, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Reglamento 52-26, artículo 125 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 125.- Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Contrataciones Públicas o el responsable del procedimiento, según corresponda, aprueba, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, la relación de lugares ocupados y la recomendación de adjudicación de los peritos. Posteriormente, debe emitir el acta de adjudicación correspondiente. Párrafo I. El acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación debe ser publicada de forma íntegra, con todos sus soportes, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y notificarse directamente a todos los oferentes participantes. Párrafo II. Cuando se trate de un…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona