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Pliego

PLIEGO CM-2026-0038.pdf

Remozamiento y readecuación a centro de imágenes diagnostico centro de atención primeria Hernando Alonzo, Municipio Villa la Mata. · Servicio Nacional de Salud

Publicado el 8 jul de 202654 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso SNS-DAF-CM-2026-0038

Lo que dice

El pliego del proceso SNS-DAF-CM-2026-0038 establece una contratación menor para remozar y readecuar el Centro de Imágenes Diagnósticas Hernando Alonzo, con presupuesto base de RD$40,104,956.24 y plazo de obra de 18 meses. Fija evaluación técnica de cumple/no cumple y adjudicación por menor precio, aunque también introduce un filtro basado en el promedio de las ofertas; además, contiene fechas incompatibles para el cierre de recepción de ofertas.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentosRD$40.1 millones

Criterio de adjudicación incorpora un filtro por promedio

Documento del 8 jul 2026 · hace 3 meses

Aunque el pliego declara adjudicación por menor precio, ordena calcular el promedio de las ofertas y seleccionar la más baja dentro de un rango definido a partir de ese promedio. Ese filtro podría excluir una oferta técnicamente habilitada de menor precio si queda fuera del rango, en contradicción con el criterio de menor precio anunciado.

“La Comisión de Evaluación procederá a seleccionar al proveedor del estado cuya propuesta económica se ha identificado como la más baja dentro del parámetro del CINCO PORCIENTO (5%) del PROMEDIO GENERAL, anteriormente explicado, siempre que ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 121 · Reglamento 52-26, art. 114 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio

Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación

Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

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A revisarHallazgo en documentos

El requisito de años de experiencia aparece con dos mínimos distintos

Documento del 8 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego exige cinco años de experiencia en la documentación técnica, pero en la tabla de evaluación repite el requisito con diez años. La contradicción deja incierto el umbral de habilitación y puede producir evaluaciones dispares entre oferentes.

“Experiencia mínima de 5 años, con evidencia de operaciones: personas jurídicas y físicas presentarán certificaciones de obras civiles ejecutadas y entregadas que demuestren 5 o más años de operación … Experiencia mínima de 10 años, con”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 101 · Reglamento 52-26, art. 118 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

A revisarHallazgo en documentos

La convocatoria programada no incluye los periódicos exigidos por la ley

Documento del 8 jul 2026 · hace 3 meses

El cronograma identifica como medios de publicación el SECP y el portal institucional, sin incluir los periódicos impresos de circulación nacional que la ley contempla para la convocatoria. El pliego consigna los medios previstos, pero este documento por sí solo no acredita si hubo publicaciones adicionales.

“Publicación del aviso de convocatoria en el SECP y en el portal web institucional | miércoles (8) de julio del año 2026”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 98 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 98 — Publicidad de la convocatoria

Artículo 98.- Publicidad de la convocatoria. La convocatoria a presentar ofertas en el procedimiento de selección correspondiente deberá generarse a través del portal de la institución contratante, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en periódicos impresos de circulación nacional durante dos (2) días consecutivos. Párrafo I.- De manera conjunta con la convocatoria, deberá hacerse disponible el pliego de condiciones a través de los medios indicados. Párrafo II.- En los casos que se requiera una convocatoria internacional, deberá adicionalmente, realizarse una publicación a través de medios digitales de difusión internacional orientados al mercado público y otros mecanismos…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

El pliego fija dos fechas distintas para recibir ofertas

Documento del 8 jul 2026 · hace 3 meses

La sección de recepción indica como cierre el 23 de julio, mientras el cronograma fija la presentación para el 28 de julio. La diferencia de cinco días puede generar incertidumbre sobre el plazo válido y el acceso de oferentes; el portal también registra como cierre el 28 de julio.

“Las ofertas físicas podrán ser recibidas desde el día de publicada la convocatoria en el SECP hasta el veintitrés (23) de julio de dos mil veintiséis (2026) hasta las 10:00 a.m … Presentación de las ofertas "Sobre A" (oferta técnica) y”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 100 · Ley 47-25, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 100 — Plazos para presentación de propuestas

Artículo 100.- Plazos para presentación de propuestas. El plazo que debe mediar entre la convocatoria y la fecha límite para la presentación de propuestas deberá ser determinado atendiendo al objeto a contratar, sus características o su cuantía; en todos los casos, para determinar dicho plazo las instituciones deberán tomar en cuenta la complejidad que amerite la presentación de las propuestas.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 101 — Reglas mínimas para la presentación de propuestas

Artículo 101.- Reglas mínimas para la presentación de propuestas. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 100 de la presente ley, para la presentación de propuestas, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual y el procedimiento de selección aprobado, se establecerán las reglas mínimas siguientes: 1) Para el procedimiento de licitación pública, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a treinta (30) días hábiles; 2) Para el procedimiento de licitación abreviada, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a quince (15)…

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Oferentes que registra (5)

5 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
L&L Design, SRLEl portal registra oferta cargada y pendiente; no consta evaluación ni adjudicación.MencionadoLote únicoRD$0
Constructolen, SRLEl portal registra dos entradas de oferta cargada y pendiente, ambas por RD$1; no consta evaluación ni adjudicación.MencionadoLote únicoRD$1
EZ Home, SRLEl portal registra oferta cargada y pendiente; no consta evaluación ni adjudicación.MencionadoLote únicoRD$1
Exyco, SRLEl portal registra oferta cargada y pendiente; no consta evaluación ni adjudicación.MencionadoLote únicoRD$36,094,461
Inversiones Peyco, SRLEl portal registra oferta cargada y pendiente; no consta evaluación ni adjudicación.MencionadoLote únicoRD$36,094,461

Otros documentos del proceso (10)

  • Formularios.rarPliego · 8 jul de 2026
  • Requerimiento estudios previos.pdfInforme pericial · 8 jul de 2026 · 2 señales
  • Solicitud de compras CM-2026-0038.pdfSolicitud de compra · 8 jul de 2026 · 1 señal
  • listado de partidas HERNANDO ALONZO .xlsxDocumento · 8 jul de 2026
  • acta de inicio cm-2026-0038.pdfInforme pericial · 8 jul de 2026 · 1 señal
  • Observaciones_Pliego_SNS_0038_PROGESCON.pdfPliego · 10 jul de 2026
  • Observaciones_Pliego_SNS_0038_PROGESCON.pdfPliego · 13 jul de 2026
  • Enmienda CM-2026-0038.pdfEnmienda · 20 jul de 2026 · 3 señales
  • Circular de preguntas CM-2026-0038.pdfCircular · 20 jul de 2026 · 2 señales
  • Enmienda 2 cm-2026-0038.pdfEnmienda · 31 jul de 2026

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación

Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…

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