La circular de respuesta núm. 1, fechada el 25 de junio de 2026, contesta consultas sobre experiencia, credenciales profesionales, equipos, cantidades y alcance técnico de la rehabilitación de la planta de Nibaje. Entre otras precisiones, admite bajo condiciones experiencia en PTAR y credenciales extranjeras para evaluar profesionales, y deja varios parámetros de diseño para que los defina el oferente o adjudicatario; indica que sus respuestas son aclaratorias y no cambian las condiciones esenciales del proceso.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Amplía el tipo de experiencia aceptable; se conserva la verificación documental de equivalencia técnica, alcance y capacidad.; Reduce la definición previa de magnitudes y parámetros usados para comparar cantidades y verificar el alcance medible de las ofertas; se asigna al adjudicatario completar el diseño..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La circular establece un mínimo de tres manos, pero no fija un espesor de película seca. La cobertura uniforme y el acabado homogéneo son criterios funcionales, aunque sin un valor DFT queda menos objetiva la comprobación de espesor y la comparación técnica de las soluciones ofertadas.
“En consecuencia, no se establece un espesor específico de película seca (DFT) para esta partida, debiendo el contratista garantizar la correcta ejecución del sistema de pintura conforme a las especificaciones establecidas, las recomendacion”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Para la bomba de agua de saturación de cloro no se fijan caudal, altura dinámica total ni longitud de tuberías; se atribuye el dimensionamiento a la ingeniería del oferente. En una contratación de gran magnitud, conviene verificar cómo se compararon técnicamente las propuestas con esos parámetros sin valores definidos en la circular.
“En consecuencia, no se establecen valores específicos de caudal, altura dinámica total (TDH) ni longitud de tuberías para esta partida, por corresponder estos parámetros al diseño de detalle que deberá desarrollar el adjudicatario como part”
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Cambios que introduce (7)
Sección
Antes
Después
Efecto
Experiencia técnicaExperiencia en plantas de tratamiento de aguas residuales
La experiencia específica se refería a plantas de tratamiento de agua potable.
Se admiten experiencias en PTAR si se documenta que los trabajos tuvieron naturaleza, complejidad y magnitud equivalentes; PTAP sigue siendo la referencia de mayor correspondencia.
RelajaQuita un control: Amplía el tipo de experiencia aceptable; se conserva la verificación documental de equivalencia técnica, alcance y capacidad.
Equipo profesionalCredenciales de profesionales extranjeros
El pliego exigía Certificado de Vigencia de Matrícula Profesional del CODIA para el personal profesional propuesto.
Se aceptan para evaluación títulos, certificaciones y experiencia extranjeros, traducidos y legalizados cuando corresponda; para ejercer en el país se exige cumplir previamente las habilitaciones dominicanas aplicables.
Relaja
Lista de cantidades, partida 3.07Dimensión de compuerta mural
Las especificaciones técnicas indicaban 500 × 500 mm, frente a 750 × 750 mm en la lista de cantidades.
La circular establece que para ofertar se considere una compuerta de 750 × 750 mm y que las referencias distintas se interpreten con esa dimensión.
Aclara
Alcance técnico y diseño de detalleParámetros y longitudes de sistemas y tuberías
Las consultas pedían dimensiones, longitudes y parámetros específicos que no estaban fijados en los documentos para diversas partidas.
La circular deja varias longitudes y parámetros para levantamientos e ingeniería de detalle, y exige cotizar sistemas completos, instalados y funcionales.
RelajaQuita un control: Reduce la definición previa de magnitudes y parámetros usados para comparar cantidades y verificar el alcance medible de las ofertas; se asigna al adjudicatario completar el diseño.
Partidas de pinturaEspesor del recubrimiento
No se identifica un espesor de película seca en las partidas consultadas.
La circular prescribe un mínimo de tres manos y cobertura uniforme, pero confirma que no se fija un espesor específico de película seca (DFT).
Relaja
Documentación de materialesMTR y evidencia de conformidad para materiales en contacto con agua
Las consultas preguntaban si se exigían MTR y certificación NSF/ANSI 61 o informes de ensayo AWWA.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
La circular permite documentación técnica equivalente; NSF/ANSI 61 se exige cuando aplique o lo indiquen las especificaciones, y los MTR no son obligatorios para todas las carcasas de acero inoxidable.
Relaja
Ejecución de obrasContinuidad operacional y ventanas de parada
No se precisaba una ventana general de parada ni la estrategia de continuidad operacional.
Se exige procurar la continuidad de la planta; las interrupciones indispensables deben justificarse y coordinarse previamente, y las ventanas se definirán caso por caso.